El Gobierno de Estados Unidos procederá a la incautación de la licencia de conducir a aquellas personas que no aprueben el examen de visión. ¿Por qué?
¡Atención! Las autoridades de tránsito en California, en Estados Unidos, advirtieron que quienes no cumplan con los requisitos visuales necesarios para conducir podrían enfrentar diversas sanciones. Estas incluyen restricciones, suspensiones e incluso la revocación de la licencia de conducir, medidas que se aplicarán según la gravedad de la condición del conductor y los resultados de las evaluaciones realizadas. A continuación, más detalles.
El Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) ha implementado rigurosos controles para asegurar que los conductores posean las capacidades visuales necesarias para circular de manera segura.
Según las normativas vigentes en California y lo expuesto en El Cronista, los requisitos mínimos para aprobar el examen visual incluyen tener una visión de 20/40 con ambos ojos, así como 20/40 en un ojo y al menos 20/70 en el otro, condiciones que pueden cumplirse con o sin el uso de lentes.
Suspenderán la licencia de los que obtengan este resultado en el examen de visión.
Si una persona no logra alcanzar estos estándares durante la evaluación inicial, el DMV la remitirá a un especialista en visión para un examen más exhaustivo, quien deberá completar el formulario oficial conocido como Report of Vision Examination (DL 62). La revocación de la licencia procederá si el conductor no aprueba la evaluación práctica y se determina que su condición visual es tan grave que no puede ser compensada con entrenamiento o restricciones.
Asimismo, aquellos con agudeza visual extremadamente reducida, de 20/200 o menos, podrían ser rechazados para la conducción sin necesidad de realizar una prueba de manejo.
Si durante una evaluación práctica el examinador concluye que el conductor exhibe un rendimiento 'peligrosamente deficiente' y su visión lo convierte en un conductor inseguro, la autoridad competente tiene la facultad de anular la licencia de conducir, conforme a lo establecido en el Código de Vehículos de California (CVC) §13953.