Conoce HOY, jueves 28 de enero, si accedes al bono escolaridad, subsidio económico que otorga el Gobierno peruano a miles de trabajadores del sector público buscando ayudarlos en medio de la crisis por el coronavirus.
De acuerdo al Decreto Supremo N° 002-2021-EF, publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, este beneficio está destinado a:
- Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y las leyes 29944 y 30512.
- Docentes universitarios de la Ley 30220.
- Personal de Salud del Decreto Legislativo 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
- Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
-Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
-Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
- Servidores penitenciarios, conforme al numeral 1 del artículo 24 de la Ley de Carrera Especial Pública Penitenciaria.
- Auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas.
Los requisitos para acceder a este beneficio de S/400 son los siguientes:
- Estar trabajando, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de haber cuando entró en vigencia la presenta norma.
- Estar laborando por lo menos tres meses desde que se estableció la norma. Si no cuenta con este tiempo mínimo, se le abonará un monto en forma proporcional a los meses y días laborados.
De acuerdo al socio del Estudio Muñiz, César Puntriano, indicó que la entrega del Bono por Escolaridad no es obligatoria en el sector privado. "Pero a diferencia de la norma estatal en el sector privado se pide prueba de que el hijo o hija de la trabajadora o trabajador esté cursando estudios escolares", explicó en entrevista a RPP Noticias.