La ley permite el retiro de la CTS hasta diciembre de 2026 y ahora necesita el respaldo del Ejecutivo, que tiene hasta el 7 de mayo para promulgarla.
El pleno del Congreso de la República aprobó la propuesta de retiro del 100 % de los fondos acumulados en las cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Sin embargo, todavía no está habilitado, puesto que falta que el Ejecutivo, entre otros pasos de suma importancia. ¿Cuáles son? Entérate toda la información.
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Como se sabe, se aprobó una nueva ley que extiende la libre disponibilidad de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2026, que permitirá el retiro total o parcialmente de los fondos, sin necesidad de justificar desempleo ni ninguna otra condición, pero aún faltan algunos pasos para que esta medida entre en vigencia en Perú.
La Cámara de Comercio indica que la presidenta Dina Boluarte debe firmar y publicar la ley. La mandataria tiene un plazo de 15 días hábiles, hasta el 7 de mayo, desde la aprobación en el Congreso para promulgar el documento o presentar sus observaciones.
Una vez promulgada la ley, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) tiene un plazo de 10 días calendario para emitir el reglamento que definirá el procedimiento para el retiro de los fondos.
Si en caso no haya observaciones y se cumplen los plazos establecidos, los trabajadores del país podrían comenzar a retirar sus fondos de CTS en la segunda quincena de mayo de 2025. Cabe señalar que la fecha máxima que tienen los empleadores para realizar el pago de este beneficio laboral es el 15 del mencionado mes.
Los beneficiarios de esta medida serán todos los trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo 650, que regula la CTS. Además, en casos de enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer, se autoriza el retiro total de la CTS en cualquier momento.