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Bono Renta Joven: ¿El Ministerio de Vivienda confirmó una nueva convocatoria en 2024?

Anteriormente, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la entrega del Bono Renta Joven, para los ciudadanos entre los 18 y 40 años.

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Renta Joven es una ayuda económica que el Estado ofreció a ciudadanos entre los 18 y 40 años.
Renta Joven es una ayuda económica que el Estado ofreció a ciudadanos entre los 18 y 40 años. | Composición: Líbero

Si tu sueño es tener tu casa o departamento propio, entonces es importante que sepas que el Estado peruano otorga ayudas sociales para contribuir a la realización de esa meta. Una de esas es el Bono Renta Joven, un subsidio financiero destinado a la población entre los 18 y 40 años, quienes debían cumplir una serie de requisitos para ser incluido en la lista de beneficiarios.

¿Cómo consultar si soy beneficiario de Renta Joven 2024?

Este programa consiste en la entrega de un bono de 500 soles durante cinco años y las convocatorias se realizaron a nivel nacional para que los interesados postulen a Renta Joven del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Sin embargo, es importante señalar que para este año 2024, el Gobierno peruano no ha oficializado una nueva distribución a nivel nacional ni fechas de postulación para que los ciudadanos participen.

¿Cuánto es el bono Renta joven?

El monto que se entregó era de 500 soles mensuales por un periodo de cinco años. Esta cifra se divide en dos partes:

  • 70% para el pago del alquiler mensual
  • 30% de ahorro para la inicial de una vivienda en Techo Propio o Mivivienda

¿Cuándo se entregó Renta Joven en Perú?

Según el portal oficial del Gobierno del Perú, la última vez que se lanzó una convocatoria fue el 19 de diciembre del 2019, cuando se definió un total de 3,000 bonos. Desde ese entonces no hay más inscripciones en nuestro país.

Requisitos del Bono Renta Joven del Ministerio de Vivienda.

Bono Renta Joven: requisitos para postular

  • Conformar un grupo familiar (GF) o un grupo de no dependientes (GND), representado cada uno por una jefatura.
  • El ingreso al mes de la jefatura del GF o GND no debe superar en total los S/ 3,538.00.
  • Ningún integrante del GF o GND debe ser propietario o copropietario ni de un terreno, ni de una vivienda o sus aires independizados.
  • Ningún miembro del GF o GND debe haber recibido antes, o estar postulando para recibir, apoyo habitacional por parte del Estado como: FONAVI, ENACE, FMV S.A. y BANMAT.
  • Los jefes de cualquiera de los dos grupos no deben estar incluidos en el Registro de Deudores Judiciales Morosos (REDJUM).
Angie De La Cruz

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Cuenta con 3 años de experiencia en contenido digital.

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