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Florida confirma cambios que impactarán a niños desde julio | Estas situaciones no serán consideradas negligencia infantil

La normativa en Florida busca lograr un equilibrio entre la protección de los menores y el fomento de su autonomía a medida que avanzan en su desarrollo.

Ron DeSantis promulgó una ley que modifica la definición de daño infantil.
Ron DeSantis promulgó una ley que modifica la definición de daño infantil. | Imagen compuesta por María Zapata para Líbero

El gobernador de Florida, Ron DeSantis, ha aprobado un paquete de leyes que transformará notablemente la cotidianidad de los residentes del estado. Entre las más destacadas se encuentra la ley del Senado 1286, que altera las definiciones de daño y negligencia en el contexto de los menores. Esta legislación permitirá a los niños involucrarse en diversas actividades sin requerir supervisión continua, lo que podría modificar la forma en que se ejerce la crianza y la responsabilidad parental en la comunidad.

La ley comenzará a regir el 1 de julio de 2025.

¿Qué acciones no serán negligencia infantil en Florida a partir de julio?

La nueva normativa sobre 'Daños o negligencia infantil', impulsada por las senadoras Erin Grall y Rosalind Sharief, plantea que no toda actividad que realice un menor debe verse automáticamente como peligrosa. Lo importante es valorar si el niño enfrenta un riesgo real o si el adulto responsable actuó de forma imprudente.

Las actividades como dirigirse al colegio, manejar bicicleta o estar solo por un tiempo determinado no serán considerados delitos, siempre que el menor tenga la madurez suficiente para enfrentar imprevistos.

La Senate Bill 1286 fue aprobada por unanimidad, con 36 votos en el Senado y 116 en la Cámara de Representantes, y firmada por el gobernador Ron DeSantis. Con esta medida, Florida busca redefinir el límite entre la supervisión necesaria y la crianza con independencia, permitiendo que los menores desarrollen habilidades de autonomía en un entorno seguro.

Modificaciones legales en el ámbito penal y familiar en Florida

La ley Senate Bill 1286 cambia cómo se manejan los casos de dependencia y derecho familiar en Florida, al actualizar la definición de “daño” en el artículo 39.01. Ahora se toma en cuenta si el menor tiene la capacidad de enfrentar situaciones físicas o emocionales por sí mismo. La negligencia solo se considerará cuando se demuestre que el cuidador actuó de forma irresponsable. El objetivo es evitar intervenciones innecesarias en casos en los que los menores son capaces de actuar por su cuenta.

El artículo 827.03 establece un nuevo enfoque para definir la negligencia criminal. Ahora, se requiere que el cuidador haya dejado de forma intencional de proporcionar los cuidados básicos necesarios. La ley hace una diferencia entre una conducta criminal y una crianza responsable, permitiendo que los niños puedan realizar ciertas actividades por sí mismos sin que eso implique un delito para los padres o cuidadores.

Excepciones por creencias religiosas en casos de negligencia infantil

La ley también reconoce que algunos padres pueden rechazar tratamientos médicos para sus hijos por razones religiosas. Aunque estas situaciones deben revisarse cuidadosamente, no se considerarán negligencias.

Aun así, si la salud del menor está en peligro, un tribunal puede autorizar que se realice el tratamiento necesario. De esta manera, el Estado puede actuar para proteger al niño sin castigar las creencias de la familia.

¿Qué situaciones se considerarán abuso y negligencia infantil en Florida?

La ley continúa considerando como formas de daño a los niños las siguientes situaciones:

  • Las heridas físicas, como fracturas, quemaduras o desfiguraciones, aun cuando se utilicen definiciones actualizadas.
  • La aplicación intencional de sustancias como alcohol, drogas o venenos también se clasifica como un daño.
  • El uso de castigo físico se considerará abuso si causa lesiones graves o efectos psicológicos importantes.
  • Para establecer si existe abuso, se tomará en cuenta el contexto del caso, la edad de la persona afectada y cualquier historial previo de maltrato.
María Zapata

Redactora en la web del Diario Líbero, sección Ocio y México. Egresada de Comunicación y Periodismo (UPC) con 2 años de experiencia en contenido digital. Interesada en anime, tecnología y crónicas.

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