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BONO Escolaridad 2024: esto es lo que se sabe sobre el pago del subsidio del gobierno peruano

AQUÍ sabrás cuándo se entregará este subsidio, el cual ayuda a miles de peruanos en medio del inicio de clases.

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Bono Escolaridad 2024: conoce cuándo cobrar este beneficio
Bono Escolaridad 2024: conoce cuándo cobrar este beneficio | FOTO: Composición Líbero

En Perú, el Bono Escolaridad es de los subsidios más solicitados, pues está dirigido a ayudar a cierto sector de la población a que pueda aliviar algunos gastos relacionados con el recién iniciado ciclo lectivo.

No está de más recordar que este beneficio es de los más populares en lo que va del gobierno de la presidenta Dina Boluarte, pero la población necesita tener certeza sobre el cronograma de pagos; por ello, AQUÍ tendrás toda la información para que puedas acceder a este beneficio.

Bono Escolaridad 2024: ¿Qué se sabe del pago?

La bonificación es de S/ 400, entregándose en la planilla de pagos de enero de 2024, solamente en caso muy excepcionales como a auxiliares contratados y docentes, el cual se encuentra amparado bajo la ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, siendo entregado en junio próximo.

¿Hay LINK de consulta para Bono Escolaridad?

Es fundamental tener presente que, en la actualidad, no se dispone de un sitio web oficial para consultar la elegibilidad para este apoyo financiero. Por ello, se hace un llamado a la precaución para evitar ser víctima de fraudes asociados a este tema.

¿Quiénes reciben el Bono Escolaridad?

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del decreto legislativo n.º 276.
  • Funcionarios y servidores bajo la ley n.º 29944.
  • Funcionarios y servidores bajo la ley n.º 30512.
  • Docentes universitarios según la ley n.º 30220.
  • Personal de salud conforme al numeral 3.2 del artículo 3 del decreto legislativo n.º 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas a cargo del Estado bajo la ley n.º 15117, decretos leyes n.º 19846 y n.º 20530, decreto supremo n.º 051-88-PCM y la ley n.º 28091.
  • Servidores penitenciarios.
  • Trabajadores del Sector Público bajo el régimen laboral de la actividad privada.
Daniela Alvarado

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Egresada en Periodismo y Medios Digitales (Toulouse Lautrec). 2 años de experiencia en redacción de contenido digital y locución.

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