EE.UU. obliga a los residentes que superan un año fuera del país a solicitar la visa SB-1 para conservar su estatus y demostrar vínculos reales con la nación.
El gobierno de Estados Unidos mantiene reglas estrictas para quienes poseen la residencia permanente: si un residente permanece fuera del país por más de un año o supera la validez de su permiso de reingreso debe gestionar una visa especial para poder volver y conservar su estatus. Esta exigencia aplica tanto a titulares de Green Card como a residentes condicionales, según detalla el Departamento de Estado (DOS).
Los organismos migratorios explican que la simple posesión de la Green Card no garantiza el reingreso cuando se ha excedido el plazo permitido. En esos casos, el residente debe solicitar la visa de inmigrante SB-1, un documento reservado para quienes necesitan volver a Estados Unidos tras una ausencia prolongada. Su aprobación requiere presentar evidencia que justifique el tiempo fuera del país y demostrar que se mantuvieron vínculos reales con EE.UU., según USCIS y el DOS.
Requisitos clave del gobierno para residentes permanentes.
La regla responde a una política clara: asegurar que quienes poseen residencia realmente mantienen lazos efectivos con la nación. Si la persona no logra demostrar que su ausencia obedeció a motivos ajenos a su control, las autoridades pueden considerar que abandonó la residencia.
Cuando la ausencia supera los 12 meses, o cuando vence un permiso de reingreso (habitualmente válido por hasta dos años), el residente debe solicitar la visa SB-1 antes de intentar volver al país. La autoridad consular evaluará la información presentada y decidirá si la persona puede ser readmitida como residente permanente.
El proceso se realiza desde la embajada o consulado de Estados Unidos en el país donde se encuentra el solicitante. Las autoridades recomiendan iniciarlo al menos tres meses antes de la fecha prevista de regreso.
Para empezar, es necesario presentar:
El trámite incluye una entrevista consular en la que se revisa toda la documentación.
Toda persona con residencia permanente o condicional que haya superado:
Quedan exceptuados quienes ya cuentan con una aprobación previa como “residente que retorna” y regresan dentro del plazo autorizado.
El DOS y USCIS reconocen justificantes como:
En todos los casos se requiere evidencia comprobable.
No gestionar esta visa puede llevar a que el residente pierda su estatus migratorio. Entre los motivos de abandono se incluyen:
Sin esta visa, la persona no puede ser readmitida como residente y necesitará iniciar un nuevo proceso migratorio desde cero.
La solicitud se gestiona únicamente en embajadas o consulados estadounidenses. El tiempo de procesamiento varía según cada sede, por lo que el DOS aconseja iniciar con anticipación. Los formularios e instrucciones oficiales están disponibles en los portales del DOS y de cada misión diplomática.
Para avanzar en el trámite, se puede solicitar:
La residencia permanente implica mantener lazos activos con Estados Unidos. El DOS señala que la visa SB-1 solo se aprueba cuando el solicitante demuestra que la ausencia fue involuntaria y que mantiene una conexión real con el país. Este procedimiento es clave para quienes enfrentan situaciones extraordinarias que les impiden regresar a tiempo. Permite recuperar el estatus migratorio, pero exige un proceso estricto, documentado y evaluado caso por caso en cada consulado.