Trabajadores peruanos recibirán un feriado remunerado, gracias a la Ley N° 31047. Esta normativa brindará a los empleados un día de descanso con remuneración.
Únete a nuestro canal de WhatsAppPocos están al tanto de que, desde hace un par de años, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) estableció que cada 30 de marzo las trabajadoras del hogar tienen derecho a un feriado adicional, conforme a lo estipulado en la Ley N° 31047. Esta normativa busca reconocer y proteger los derechos laborales de este sector, promoviendo así un mayor bienestar para quienes desempeñan estas labores.
"Se considera feriado no laborable remunerado el 30 de marzo de cada año, por el Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar", se lee en el documento legal publicado en el diario 'El Peruano'.
Con motivo de reconocer su oficio, el domingo 30 de marzo del 2025 será un feriado no laborable remunerado para las trabajadoras del hogar en todo el Perú. Esto con la finalidad de regular las condiciones de empleabilidad del personal de servicio doméstico dentro del territorio nacional.
El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) habilitó una plataforma web que está destinada para el registro de empleados domésticos por parte de sus empleadores. De esa manera se promueve la formalización de este grupo de trabajadores en el Perú.
Esta herramienta digital tiene como finalidad de que se cumplan las condiciones laborales adecuadas y se respeten los derechos de este sector de trabajadores, que históricamente ha estado desprotegido.
La persona empleadora tiene como responsabilidad registrar el contrato, dentro de los tres días hábiles posteriores a la firma del contrato. Además, tendrán que entregar a quien trabaja en el hogar una constancia que acredite dicha acción dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha de realizado el registro.