Indecopi estableció que la Municipalidad de Lima incurrió en vicios de nulidad para aplicar esta ordenanza, la cual no fue refrendada por el Ministerio de Cultura.
Si quieres vender u ofrecer algo en el centro de Lima y te pedían licencia de funcionamiento, entonces debes saber que este requerimiento no es legal, de acuerdo a un fallo reciente que fue emitido por el Indecopi. Por ello, presta atención a esta nota.
El fallo estuvo a cargo de la Sala de Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), declaró ilegal la disposición de la Municipalidad Metropolitana de Lima que exige código catastral o numeración para conseguir una licencia de funcionamiento en el Centro Histórico.
El Centro de Lima.
En ese sentido, por no contar con la aprobación previa del Ministerio de Cultura (Mincul), quedó sin efecto la Ordenanza 2612-MML, ya que el primero es un requisito obligatorio que regulan los bienes del patrimonio cultural.
Asimismo, el organismo regulador indicó que la ordenanza no está contemplada en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento; por ello, se determinó que la comuna limeña tuvo vicio de nulidad, así como barreras burocráticas ilegales debido a condiciones no previstas en la norma vigente.