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Bono Escolaridad 2025: por este motivo NO podrás cobrar los 400 soles en febrero

Pese a que miles de peruanos preguntan por el Bono Escolaridad, un sector de la población no accederá a este beneficio, conoce AQUÍ quiénes son y los motivos.

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El Bono Escolaridad fue confirmado el pasado 12 de enero de 2025 tras ser publicado en el Diario Oficial El Peruano.
El Bono Escolaridad fue confirmado el pasado 12 de enero de 2025 tras ser publicado en el Diario Oficial El Peruano. | Composición Joel Dávila/Libero

Estamos empezando el 2025 y el Bono Escolaridad es uno de los más preguntados por miles de peruanos que se verán beneficiados de 400 soles para solventar relacionados con el inicio del Año Escolar.

Sin embargo, pese a la buena noticia que esto representa, lo cierto es que un sector no menor de peruanos no podrá gozar de este subsidio, por lo que te recomendamos leer la siguiente nomás y saber si formas parte de este grupo, así como los motivos para ello.

¿Quiénes recibirán el Bono Escolaridad?

El Bono Escolaridad fue aprobado por medio del Decreto Supremo N° 002-2025-EF, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el pasado 12 enero de 2025, donde no solo se confirma el reparto de este subsidio, también a quiénes llegará.

En el mismo se detalla que el personal que se verá beneficiado de esta bonificación de único pago al año con los funcionarios y servidores públicos nombrados o contratados bajo los regímenes laborales de la Ley N° 30512, Ley N° 29944, y el Decreto Legislativo N° 276

Sin embargo, también incluye a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, pensionistas del Estado, personal de salud, docentes universitarios (contratados y auxiliares lo reciben en junio de 2025).

Conoce quiénes cobrarán el Bono Escolaridad y quiénes no.

¿Quiénes no recibirán el Bono Escolaridad?

Dicho esto, debemos decir que hay sectores que no se verán beneficiados del Bono Escolaridad 2025, los cuales son los empleadas del sector privado, pero no solo ellos, también los empleados bajo el régimen de CAS (Contrato Administrativo de Servicios) quienes, además, no reciben gratificaciones o bonos adicionales.

Tampoco cobrarán este subsidio los locadores de servicios del Estado quienes estén en la modalidad de contratos por honorarios profesionales, ya que están dentro de la planilla pública.

Tampoco acceden a este bono quienes desempeñen funciones en el sector público sin vínculo laboral formal o que no cumplan con los requisitos que demanda el régimen laboral en el que se encuentren, como los contratados por corto tiempo, así como los que no tengan tres meses laborando.

Joel Dávila

Redactor de Líbero, sección Ocio. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza, con mas de 13 años de experiencia en contenido digital, periodismo institucional y redacción SEO.

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