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Ministerio de Vivienda paga 500 soles a familias peruanas: ¿Cómo saber si puedes cobrar en septiembre?
Este mes de septiembre sigue activo el subsidio del Ministerio de Vivienda en el Perú y muchas familias se preguntan cómo acceder al dinero correspondiente.

Cuando ocurre una emergencia, inundaciones, huaicos, deslizamientos, lluvias intensas u otros fenómenos naturales, muchas familias terminan con sus viviendas colapsadas o quedaron inhabitables por el desastre. En esas circunstancias, no solo se pierde un techo, sino que los afectados enfrentan la urgencia de conseguir un lugar seguro donde vivir mientras se planifica una solución definitiva.
Para atender esta necesidad, el Estado peruano, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), implementó el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE). Es un subsidio temporal que ayuda a las familias con vivienda colapsada o declarada inhabitable, destinando una suma mensual para que puedan alquilar una vivienda segura, con servicios básicos, mientras dura la emergencia y hasta que se habiliten soluciones permanentes.
En septiembre de 2025, ese bono sigue activo como una de las medidas de apoyo a damnificados, y se está aplicando en diferentes regiones afectadas por lluvias u otros desastres naturales. Saber cómo funciona, quiénes pueden solicitarlo y cuáles son los plazos es clave para quienes están pasando por una emergencia o viven en zonas vulnerables.
¿Qué es el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) y cuándo se entrega?
El BAE es un subsidio económico mensual de S/ 500 que otorga el MVCS a familias cuyas viviendas colapsaron o quedaron inhabitables por una emergencia declarada.
Se entrega hasta por dos años como máximo, mientras se buscan o construyen opciones de vivienda definitiva para los afectados. El bono se concede únicamente en el marco de una declaratoria de emergencia, lo que significa que debe existir un Decreto Supremo que declare el estado de emergencia en el distrito o región afectada.
Potenciales beneficiarios del BAE
Para ser beneficiario del bono BAE, las personas o familias deben cumplir ciertas condiciones. En particular:
- Que el distrito donde ocurrió el incidente esté declarado en estado de emergencia.
- Que la vivienda afectada haya sido calificada como colapsada o inhabitable a causa del suceso.
- Que la familia esté inscrita en el padrón de damnificados mediante el formulario de Empadronamiento Familias y Medios de Vida (EDAN, Campo 2A) de su municipio.
- Que la familia no tenga otra vivienda en la misma región donde se declaró la emergencia. Es decir, si ya tienen otro inmueble en esa región, no califican.
- Que la persona solicitante sea propietaria o poseedora de la vivienda afectada. No se otorga el bono a quienes son inquilinos o guardianes de la vivienda.
Requisitos para acceder al BAE
Estos son los documentos y pasos que típicamente solicitan:
- Solicitud de otorgamiento del BAE: llenar el formato de solicitud que el MVCS pone a disposición.
- Contrato de arrendamiento del inmueble que se va a alquilar, con firmas legalizadas (notario o juez de paz), o de lo contrario declaración jurada si no se puede legalizar por razones económicas.
- Declaraciones juradas correspondientes: por ejemplo, de que no se cuenta con otra vivienda en la región, de que la vivienda afectada es la que colapsó o quedó inhabitable, etc.
- Estar empadronado en el formulario EDAN (o padrón municipal designado).
- Presentar la información ante la municipalidad distrital afectada o ante el MVCS, cuando se publique la convocatoria correspondiente.
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