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Este es el requisito OBLIGATORIO que se implementó para EXTRANJEROS durante el segundo gobierno de Trump

Descubre el requisito obligatorio que afectó a los extranjeros durante el segundo mandato de Trump y cómo cambió las reglas para ellos.

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Este es el requisito de registro de extranjeros en EE. UU.
Este es el requisito de registro de extranjeros en EE. UU. | Composición: Andrea Benavente / Líbero

Desde que Donald Trump juramentó como presidente en Estados Unidos, ha firmado un pliego de órdenes ejecutivas, entre ellas, la 14159 que es la de "Protegiendo al pueblo estadounidense contra la invasión" y se encuentra bajo la gestión y supervisión del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a que garantice que los inmigrantes extranjeros se registren acorde a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

¿Cuál es el requisito obligatorio?

Se trata del requisito de registro de extranjeros en Estados Unidos, el cual está dirigido a personas que se quedan en Estados Unidos por más de 30 días. Es así que se debe presentar un formulario en línea, el cual es el G-325R. No olvides antes crear tu cuenta de USCIS por internet y proporcionar información como datos biométricos, fotografías y huellas dactilares.

Es así que entre las consecuencias por no completar este formulario se encuentran la deportación inmediata, sanciones civiles, penales, financieras, etc. Por ello, el G-325R rastrea a todos los extranjeros que viven en Estados Unidos sin tener un registro formal.

¿Quiénes deben registrarse?

De acuerdo con el sitio web oficial de USCIS, los extranjeros que deben registrarse y realizarce la toma de huellas dactilares, son los siguientes:

  • Todos los extranjeros que tengan 14 años a más.
  • Los padres o tutores legales deben registrar a sus hijos menores de 14 años.
  • Cualquier extranjero que cumpla 14 años en EE. UU. dentro del mes posterior a su cumpleaños número 14.

Por otro lado, los extranjeros que previamente ya se han inscrito en base a la sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) son algunos de estos:

  • Quienes tengan la Green Card.
  • Aquellos que recibieron el permiso de permanencia temporal.
  • Extranjeros a quienes se les ha emitido un documento de autorización de empleo.
Andrea Benavente

Egresada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Interesada en temas de interés social y cultura.

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