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CUIDADO si cambiaste de nombre y tienes Green Card: ACTUALIZA tu documento en 4 pasos
Si has modificado tu nombre recientemente debido a matrimonio, divorcio u otro motivo legal, es necesario que actualices tu tarjeta de residencia.

Un cambio de nombre puede representar un nuevo comienzo, pero para los residentes permanentes legales en Estados Unidos con Green Card, implica un paso esencial: actualizar su documentación migratoria. Según el USCIS y expertos en leyes de inmigración, no actualizar la Green Card después del cambio de nombre legal puede causar problemas graves, como retrasos en futuros trámites migratorios y controles más rigurosos en los puntos de entrada al país.
¿Cómo puedo cambiar el nombre en mi Green Card?
Actualizar el nombre en la Tarjeta de Residencia Permanente no es complicado, pero requiere seguir ciertos pasos específicos. El proceso varía según el motivo del cambio y obliga a enviar los formularios correspondientes al USCIS.
- Llena el Formulario I-90: completa la solicitud para reemplazar la Green Card con tu nuevo nombre. Puedes hacerlo en línea en el sitio oficial del USCIS o enviarlo por correo si prefieres el formato físico.
- Reúne la documentación necesaria: presenta pruebas legales del cambio de nombre, como el certificado de matrimonio, la sentencia de divorcio u orden judicial, y adjunta copias de estos documentos a la solicitud.
- Realiza el pago de la tarifa: consulta el costo de procesamiento actual en la web del USCIS y paga con un método aceptado, ya sea en línea o con giro postal si envías la solicitud por correo.
- Envía tu solicitud: si es en línea, sigue las instrucciones para cargar documentos y hacer el pago. Si es por correo, envía todo a la dirección correcta junto con los documentos y el comprobante de pago.
¿Cuántos años se debe vivir en EE. UU. para obtener la Green Card?
Para obtener la tarjeta verde (residencia permanente legal) en Estados Unidos, generalmente se requiere haber vivido como residente legal permanente por al menos cinco años. Sin embargo, hay excepciones:
- Cónyuge de un ciudadano estadounidense: puede solicitar la naturalización tras tres años de residencia permanente.
- Miembro de las Fuerzas Armadas de EE. UU.: si ha servido honorablemente al menos un año, puede solicitar la naturalización después de un año de residencia permanente.
- Asilado o refugiado: puede solicitar la residencia permanente tras haber estado físicamente en EE. UU. un año después de obtener ese estatus.
Estos son los tiempos mínimos para ser elegible, pero el proceso de solicitud puede tardar meses o años, según la situación y la carga del USCIS.
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