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MUCHA ATENCIÓN, inmigrantes en EE. UU.: conoce las "ZONAS PROHIBIDAS" para ICE y protégete de las redadas migratorias
A pesar del actual contexto migratorio, aún existen áreas protegidas donde el ICE debe actuar con discreción. Aquí te explicamos cuáles son y cómo defender tus derechos.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) han actualizado en 2025 las reglas sobre dónde y cómo puede realizarse acciones de control migratorio. Un cambio que todo inmigrante en Estados Unidos debe saber para proteger sus derechos frente a posibles redadas.
Aunque las nuevas directivas eliminan una lista rígida de "lugares sensibles", las autoridades reconocen que existen áreas protegidas donde los agentes deben actuar con extrema discreción y, en muchos casos, evitar arrestos, salvo circunstancias muy específicas. Sobre todo, en un contexto donde la política migratoria se ha vuelto más estricta.
¿Cuáles son las "zonas prohibidas" para ICE?
Según el DHS, los agentes del ICE y CBP deben ejercer discreción policial y sentido común al realizar operativos en o cerca de ciertos lugares, considerando el impacto de la comunidad. A pesar de que no existe prohibición absoluta, estas zonas reciben protección especial. Entre ellas están:

A pesar del actual contexto migratorio, aún existen áreas protegidas donde el ICE debe actuar con discreción.
- Escuelas y guarderías
- Hospitales y centros de salud
- Refugios y centros de servicios sociales
- Lugares de culto
- Tribunales, especialmente los no penales.
ICE y los tribunales: qué está permitido y qué no
De acuerdo con la guía provisional del ICE del 21 de enero de 2025, los agentes pueden realizar acciones de control migratorio civil en o cerca de tribunales solo si existe información creíble sobre la presencia de una persona específica y si las leyes locales lo permiten.
A pesar de ello, el ICE debe coordinar previamente con su Oficina del Asesor Jurídico Principal (OPLA) y actuar cuando sea posible en áreas no públicas. De igual manera, debe minimizar cualquier impacto en los procesos judiciales y evitar tribunales de familia y reclamos menores, a menos que tenga la autorización de altos mandos.
Lugares de culto: protección reforzada por orden judicial
Desde marzo del 2025, una orden judicial federal refuerza la protección de aproximadamente 1,400 lugares de culto en 36 estados, estableciendo que el ICE no puede aplicar las nuevas directivas del DHS en estas zonas sin una orden administrativa o judicial válida. En estos casos, los agentes deben acatar el memorando de 2021 de Alejandro Mayorkas, que señala que las redadas migratorias en iglesias deben evitarse en la medida de lo posible y solo realizarse bajo circunstancias limitadas.
Asimismo, cualquier acción de control migratorio requiere la aprobación previa de altos mandos, salvo en situaciones de emergencia, y debe llevarse a cabo fuera de la vista del público, sin impedir el acceso al culto ni interferir con las actividades religiosas.
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