¿Se mantiene tu estatus legal si tu visa está por vencer y el USCIS no responde? Esto deben saber quienes esperan una decisión migratoria clave.
Miles de migrantes en Estados Unidos atraviesan un escenario tenso: sus visas están próximas a vencer y el USCIS continúa retrasando las decisiones sobre extensiones o cambios de estatus. Para quienes entraron con visas de turista o visas de no inmigrante, cada día que pasa sin respuesta aumenta la incertidumbre sobre el futuro de su estancia legal.
En un contexto de controles migratorios estrictos, cumplir con los plazos y observar cada detalle del Formulario I-94 se vuelve esencial. La pérdida del estatus migratorio puede generar sanciones severas, por lo que entender qué ocurre cuando el USCIS no responde a tiempo es clave para evitar consecuencias legales.
Las normas oficiales del USCIS señalan que, si un extranjero presenta una solicitud de prórroga o cambio de estatus antes del vencimiento autorizado, mantiene una estadía regular mientras la petición está en proceso. Esto significa que el tiempo adicional no se considera presencia ilegal, siempre y cuando la demora sea responsabilidad de la agencia y no del solicitante.
Esto es lo que pasa si USCIS no contesta a tiempo tu trámite.
Sin embargo, si la solicitud es rechazada, el tiempo fuera de estatus empieza a contarse desde la fecha original de vencimiento. Esto puede derivar en sanciones como restricciones de reingreso, complicaciones en futuros trámites o incluso riesgos de deportación. Permanecer fuera de estatus es una violación a la legislación migratoria que afecta de forma duradera la situación del inmigrante en EE. UU.
La elección del formulario depende del tipo de visa. La mayoría de los no inmigrantes deben usar el Formulario I-539 para solicitar una extensión de estadía o un cambio a otra categoría migratoria. Este documento también es obligatorio para estudiantes F o M, residentes de la CNMI y solicitantes del estatus V.
Quienes pertenecen a categorías laborales, como visas H, L, O, P, Q, R o E, deben utilizar el Formulario I-129, diseñado para trabajadores no inmigrantes y sus dependientes. Si el solicitante busca ajustar su estatus a residencia permanente, el trámite se realiza mediante el Formulario I-485, siempre que cumpla con los requisitos de elegibilidad establecidos por la ley. En todos los casos, el envío debe hacerse antes del vencimiento del I-94.