El retiro de aportes de hasta 4 UIT de las AFP permitirá a miles de familias tener liquidez en medio de la crisis sanitaria y frente al incremento de la canasta básica. Sin embargo, hay una duda que tienen decenas de personas. ¿Me pueden retener el dinero por orden judicial o deuda en alguna entidad financiera?
Como se recuerda, el pleno del Congreso aprobó el dictamen con 107 votos a favor, ocho en contra y dos abstenciones. De inmediato, con 106 votos a favor decidieron exonerarla de una segunda votación.
Ahora, la ley será remitida al presidente Pedro Castillo, quien deberá promulgarla u observarla para devolverla al Parlamento. Si ocurre lo segundo el Legislativo podría aprobar la norma por insistencia y promulgar de manera automática.
Como de todas maneras se llegará a aplicar, es importante saber si se puede retirar el dinero de la AFP y podemos sufrir una retención por deuda. Pero antes debemos recordar la forma cómo se puede solicitar los aportes.
Cuando la AAFP habilite la página “consulta retiro AFP” se tendrá que ingresar y llenar los formularios que indique. Tras ello, solo deberá esperar que abonen el monto indicado, que será una UIT cada 30 días, si en caso decidió sacar hasta 4 UIT.
Ahora sí. ¿Me pueden descontar o quitar mi plata por deuda? La respuesta es no. El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, por lo que no es objeto de descuento, compensación legal o contractual o de cualquier afectación, sea por orden judicial o administrativa.