Miles de ciudadanos que son parte del registro de ONP, podrán acceder a un incremento de su pensión para beneficiar su calidad de vida.
Los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) están actualmente a la espera de que se pueda evaluar y aprobar la propuesta legislativa permitiría el retiro extraordinario y voluntario de hasta 10.700 soles (equivalente a 2 Unidades Impositivas Tributarias, UIT) de sus fondos. No obstante, hay otro tema en la mira que viene generando interés en los ciudadanos.
Se trata del aumento de la pensión mensual que recibirán los asegurados al sistema, quienes perciben puntualmente una cantidad de dinero de acuerdo a los aportes que hayan tenido durante sus años de trabajo. Para acceder, es necesario tener en cuenta algunos puntos importantes que podrás conocer a continuación.
En el caso de que seas pensionista por jubilación del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y has cumplido 80 años o más, accedes automáticamente a la Bonificación por Edad Avanzada (BEA) sin necesidad de algún trámite adicional.
Así pues, esto consta de un beneficio económico adicional que es otorgado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), conforme al Decreto Legislativo Nº 19990, para sus usuarios.
El valor del incremento corresponde al 25% de la pensión que se brinda al momento de cumplir los 80 años de edad, y simboliza un respaldo clave extra para que la ciudadanía que es parte de la organización pueda percibir un bienestar económico en esta etapa de la vida.
Se resalta que este proyecto identificado como el N.º 11292/2024-CR y presentado recientemente por el congresista Elias Marcial Varas (Juntos por el Perú), ha dado a saber que el mencionado retiro se realizaría en dos partes.
De esta manera, en un primer momento, los beneficiarios podrían tener habilitado el desembolso de 1 UIT de sus cuentas, mientras que el monto restante sería entregado en un plazo calendario de 30 días.
Para que este acceso al monto, que sería de hasta S/ 10.700, sea oficialmente aprobado, primero tiene que pasar por el visto bueno del Pleno del Congreso y contar con el respaldo del Ejecutivo, o en todo caso ser promulgado por insistencia.