El próximo feriado de agosto llegará en pocas semanas y muchos trabajadores buscan conocer cómo se desarrollará la fecha en los centros laborales.
El 30 de agosto de 2025 será un día muy significativo en el calendario peruano: se celebra el Día de Santa Rosa de Lima, una fiesta profundamente arraigada en la historia, la espiritualidad y la identidad cultural del país. Como se sabe, este personaje fue reconocido formalmente por la Iglesia, y desde entonces ha sido honrada como patrona de Lima, del Perú, de América Latina, Filipinas y de quienes se dedican al servicio comunitario, como el personal de enfermería.
Este feriado está legislativamente establecido mediante el Decreto Legislativo 713, que declara el 30 de agosto como un día no laborable obligatorio para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado.
Aunque es una jornada destinada al descanso y la conmemoración, muchas personas pueden verse requeridas a trabajar ese día. A continuación, te dejaremos la información detallando los derechos laborales en caso de trabajo durante esta fecha festiva.
Si trabajas ese día y no se te otorga un descanso sustitutorio, tienes derecho a un pago triple, compuesto por:
Es el día dedicado a Santa Rosa de Lima, la primera santa canonizada del continente americano, evocada por su vida de profunda fe, caridad y servicio. Fue declarada patrona de la ciudad, el país y América Latina, y su festividad se celebra cada 30 de agosto, pese a que la liturgia actual del Vaticano la recuerde el día 23.
Además, es simultáneamente el Día de la Enfermería Peruana, pues Santa Rosa es considerada patrona de esta profesión en el país desde 1955. En Lima y otras ciudades, la fecha se vive con procesiones, misas, peregrinaciones al Santuario de Santa Rosa, como al famoso "Pozo de los Deseos", y actos religiosos y comunitarios.
Este feriado es no laborable y de descanso obligatorio, lo que significa que los trabajadores deben gozar del día libre sin que esto afecte su remuneración habitual, independientemente de si trabajan o no ese día.
En ese caso, no corresponde el pago adicional. Se te remunera solamente por tu salario habitual, y luego gozas de un día libre en reemplazo del feriado.
La Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral) considera esta infracción como muy grave. Las sanciones económicas varían según el tipo de empresa y pueden alcanzar montos elevados: