La normativa para el personal administrativo, limitando los ingresos mensuales y reconociendo beneficios como gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) del Perú avanzó en materia de política salarial para el sector público al aprobar una nueva escala remunerativa y la reafirmación de las gratificaciones legales establecidas. La aprobación se realizó a través del Decreto Supremo N.º 241‑2025‑EF, amparado en la Ley N.º 32263, que autoriza expresamente al MEF a actualizar la escala remunerativa de los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen mencionado.
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Esta actualización no solo contempla el ingreso mensual básico, sino que condiciona expresamente qué gratificaciones podrán percibirse, es decir, reafirma que se reconocerá el pago por Fiestas Patrias, Navidad y la bonificación por escolaridad, además de otros beneficios legales como la CTS y la asignación familiar. A continuación, te contamos los aspectos principales de la norma.
MEF anuncia cambios en sector público / FOTO: Difusión
La norma se dirige específicamente al personal de apoyo y administrativo del Ministerio Público, comprendido bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728. A través del Decreto Supremo N.º 241-2025-EF, publicado el 5 de noviembre de 2025, se aprueba una nueva escala remunerativa.
Ningún servidor perteneciente a este grupo podrá percibir un ingreso mensual que supere el límite máximo estipulado en la escala salarial. En cuanto a las gratificaciones y beneficios adicionales, únicamente se reconocen la gratificación por Fiestas Patrias, la gratificación por Navidad y la bonificación por escolaridad. Además, se mantienen vigentes la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y la asignación familiar. Queda estrictamente prohibido cualquier otro ingreso adicional, salvo aquellos expresamente contemplados en la Ley N.º 31188 sobre Negociación Colectiva en el Sector Estatal.
A continuación, se detalla el nuevo cuadro de montos mensuales por categoría, aprobado en el citado decreto: