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ALERTA MÁXIMA, inmigrantes en EE. UU.: Trump envía AVISO y EMBARGA las cuentas bancarias de los LATINOS que no hayan hecho este trámite
El IRS dispone de procedimientos para gestionar deudas tributarias no saldadas. No obstante, es muy importante tener en cuenta los plazos. ¿Qué podría pasar?

Aviso importante: todos los mexicanos que residen y laboran en Estados Unidos tienen la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones fiscales ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS). Si una deuda tributaria no se salda durante un tiempo considerable y el contribuyente no atiende las notificaciones oficiales, el IRS puede proceder con acciones de cobro forzoso sobre sus activos y fondos. ¿Cómo evitarlo? ¿Qué debes saber?
Atención, inmigrantes: Trump embarga las cuentas bancarias de los latinos que no hayan hecho este trámite
La normativa fiscal de Estados Unidos establece que todas las personas que generan ingresos en ese país deben presentar sus declaraciones y cumplir con el pago de impuestos. Asimismo, los ciudadanos estadounidenses y quienes poseen una Green Card tienen la obligación de informar y tributar sobre sus ingresos globales.

Trump embarga las cuentas bancarias de los latinos que no hayan hecho este trámite.
El proceso de regularización fiscal empieza con una serie de notificaciones y oportunidades para que los contribuyentes ajusten su situación antes de que se adopten medidas más drásticas. En caso de que no se responda a los requerimientos del Servicio de Impuestos Internos (IRS), esta entidad puede emitir un Aviso Final de Intención de Embargo y Derecho a una Audiencia, un documento crucial en el proceso de cobro.
Si no se recibe respuesta dentro del plazo estipulado, el IRS está autorizado a proceder con el embargo de ciertos activos para recuperar la deuda. Cabe resaltar que esta acción puede afectar diversos bienes y fuentes de ingresos, según la situación particular de cada contribuyente y el monto adeudado.
Entre las medidas que puede implementar el IRS se encuentran las siguientes:
- La retención de salarios, por la cual una parte del sueldo puede descontarse de manera continua hasta saldar la deuda, aunque una porción permanece protegida.
- Los fondos en cuentas bancarias pueden ser congelados y transferidos al IRS. Además, ciertos bienes personales o inmuebles pueden ser confiscados y vendidos para cubrir la obligación pendiente.
- En el caso de las cuentas bancarias, una vez que la entidad financiera recibe la orden de embargo, los fondos suelen permanecer retenidos durante 21 días, lo que representa una oportunidad para que el contribuyente busque una solución y evite la pérdida definitiva de su dinero.
¿Cómo evitar un embargo del IRS?
Todas las personas que reciben una notificación formal cuentan con diversas alternativas para abordar la situación antes de que se realice el cobro forzoso. Entre las opciones disponibles se encuentran:
- El pago total de la deuda pendiente.
- La solicitud de un plan de pagos en cuotas.
- La presentación de una oferta de compromiso, que permite cancelar la obligación por un monto menor, bajo ciertas condiciones.
- Es posible demostrar una situación de dificultad económica y argumentar que el embargo afectaría la capacidad de cubrir gastos básicos.
- También se puede solicitar una audiencia dentro del plazo establecido en el Aviso Final.
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