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    Martín Vizcarra da plazo de 48 horas a clínicas para llegar a acuerdo sobre tarifas

    Martín Vizcarrapidió a las clínicas privadas un "costo razonable"para atender los casos de COVID-19.

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    Martín Vizcarra realizó el último miércoles 24 de junio una conferencia de prensa para dar un balance tras cumplirse 100 días del estado de emergencia por el nuevo coronavirus. Según el mandatario de 57 años, en nuestro país se "está comenzando a ver resultados positivos de esta pandemia".

    Asimismo, Vizcarra Cornejo mandó un ultimátum a las clínicas privadas sobre las negociaciones para el intercambio prestacional durante la emergencia sanitaria por el coronavirus. "Vamos a esperar 48 horas para que se llegue a un acuerdo", enfatizó.

    Si las clínicas privadas no llegan a un acuerdo con el sector público, Vizcarra Cornejo aseguró que se aplicará el artículo 70 de la Constitución. "Pensando en la vida, invocaremos al artículo 70 de la Constitución que señala que 'El Derecho de la Propiedad es inviolable' y el Estado lo garantiza. A nadie puede privarse de su propiedad, sino exclusivamente por causa de seguridad pública", explicó. 

    De igual modo, Martín Vizcarra agregó que es importante llegar a un convenio para ampliar la capacidad de respuesta. "Yo espero que en las próximas 48 horas haya un acuerdo satisfactorio y podamos tener de reserva las clínicas privadas para atender a la población a precios razonables y esperemos que se llegue a un acuerdo racional", manifestó.

    En tanto, el jefe de Estado remarcó que cuenta con "argumentos legales" para emplear el artículo 70 de la Constitución Política del Perú. "Tenemos argumentos legales. No solo la Constitución, sino la propia Ley General de Salud. Estas normas ponen salidas legales a casos extremos. Si este es no es un caso extraordinario, ¿cuál es?", aclaró Vizcarra

    ¿Qué dice el artículo 70?

    El artículo mencionado por Martín Vizcarra indica lo siguiente: "El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio".

    El rol de las clínicas privadas en esta pandemia 

    Cabe recordar que las clínicas privadas están siendo criticadas por las excesivas tarifas que vienen cobrando en tiempos de pandemia. La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) calificó de "exorbitantes y abusivos" a los precios que cobran estos establecimientos privados a pacientes con COVID-19

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