El subsidio se otorgará independientemente de la situación laboral y estará financiado por un presupuesto. Tendrá un costo anual aproximado de S/ 4.5 millones.
A través del Decreto Supremo Nº 222-2025-EF, se informó sobre los nuevos beneficios laborales y económicos para los docentes ordinarios de las universidades públicas. Uno de estos es el Subsidio por Luto y Sepelio, cuyo monto fijo es de S/ 3 000,00. ¿Qué condiciones se deben cumplir para recibirlo? Te brindamos más detalles.
PUEDES VER: ¿Transportistas realizarán NUEVO PARO este 14 de noviembre? Lo ÚLTIMO confirmado por gremios
Este subsidio monetario se otorga a petición de parte, dentro de un plazo máximo de 30 días calendario, contados desde el día siguiente de presentada la solicitud. Los beneficiarios de este pago aplican en los siguientes casos:
Respecto a este último caso del fallecimiento del docente ordinario, se respeta un orden de prelación y de forma excluyente, por lo que si hubiese más de un deudo en el mismo grado, el subsidio de S/ 3.000 se distribuye por partes iguales entre los beneficiarios.
El Subsidio por Luto y Sepelio de 3.000 soles se entrega a docentes universitarios.
Para acceder al monto, la universidad pública realizará la verificación del fallecimiento y grado de parentesco, según la norma, asimismo, el reconocimiento de la subvención se formalizará a través de la resolución del órgano competente en cada centro de educación superior pública.
Asimismo, se precisa que el subsidio se otorga aunque el docente se encuentre bajo algún supuesto de suspensión imperfecta, esto se refiere que pese a una situación en la que la relación laboral o el vínculo con la entidad se interrumpe temporalmente, se mantiene ciertos derechos o efectos del vínculo.
Por otro lado, se informó que el financiamiento de este subsidio se hará con cargo al presupuesto institucional de cada universidad pública, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público, y contará con una inversión aproximada de 4.5 millones de soles anuales.