EsSalud ofrece a los ciudadanos la oportunidad de poder acceder a cuatro importantes subsidios activos gracias a la afiliación al organismo.
Durante noviembre de 2025, los afiliados al EsSalud, el seguro social peruano, tienen disponibles cuatro prestacionales económicas clave: el subsidio por lactancia, el subsidio por maternidad, el subsidio por incapacidad temporal y la prestación por sepelio. Estas ayudas buscan aliviar las cargas financieras que enfrentan los asegurados en situaciones como el nacimiento de un hijo, una baja por salud, o el fallecimiento de un titular.
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Frente a ello, conocer los requisitos, montos y el procedimiento de cobro es esencial para que quienes tengan derecho puedan gestionarlas y concretar el beneficio de manera correcta y sin problemas.
Afiliados a EsSalud podrán cobrar cuatro importantes subsidios / FOTO: Difusión
Monto: S/ 820 para cada recién nacido vivo vinculado al asegurado titular.
Requisitos principales:
¿Cómo se cobra?
Se puede hacer el trámite presencial en las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) o vía la Ventanilla Integrada Virtual del Asegurado (VIVA) de EsSalud. Una vez reconocida la solicitud, el pago se realiza directamente a la beneficiaria o representante autorizado.
Monto: No es un monto fijo; se calcula con base en el promedio diario de las remuneraciones de los últimos 12 meses antes del inicio del subsidio, multiplicado por el número de días de descanso (98 días estándar, o 128 días en caso de parto múltiple o hijo con discapacidad).
Requisitos:
¿Cómo se cobra?
En dependientes: generalmente lo tramita el empleador que paga el subsidio y luego solicita el reembolso a EsSalud. En independientes o regímenes especiales: la asegurada gestiona directamente el trámite, presentación de Formulario 1040, CITT, DNI, etc.
Monto: Se basa en el promedio de las remuneraciones de los últimos 4 meses antes del inicio de la incapacidad (o el tiempo asegurado si es menor), aplicado al periodo subsidiado.
Requisitos:
¿Cómo se cobra?
El derecho se adquiere desde el día 21 de la incapacidad por cuenta de EsSalud (los primeros 20 días el empleador es responsable). Se presenta solicitud con Formulario 1040, DNI, CITT, y demás documentos, ya sea por el asegurado o por la empresa cuando aplique.
Monto máximo: Hasta S/ 2 070.00 para cubrir gastos funerarios del asegurado titular fallecido.
Requisitos:
¿Cómo se cobra?
El beneficiario (cónyuge, hijo mayor, padre/madre, hermano mayor) presenta la solicitud en la OSPE con los documentos requeridos. EsSalud realiza el reembolso o pago directo dependiendo del caso.