El registro de las solicitudes para el retiro de AFP puede cancelarse, pero solo teniendo en cuenta los días que se dan como plazo.
El proceso del octavo retiro de fondos de las Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) en 2025 contempla un mecanismo claro para que los afiliados al sistema de pensiones puedan acceder a sus aportes acumulados en la Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Aunque la opción para retirar está diseñada para facilitar liquidez, también se ha dispuesto una vía para cancelar o desistir de la solicitud una vez registrada, en caso de que el afiliado cambie de opinión.
En este sentido, es relevante conocer el plazo límite para ejercer ese desistimiento, pues solo en ese lapso puede el afiliado revertir la solicitud antes de que se ejecute el siguiente desembolso. Según el reglamento publicado, el afiliado puede comunicar su decisión de no seguir con el retiro hasta diez días calendario antes de cualquiera de los pagos programados.
Una vez que los 10 días de margen se agotan para un desembolso dado, la AFP ya está autorizada para efectuar el pago previsto y el afiliado ya no podrá revertir esa cuota ni las posteriores. A continuación se detalla cuál es el periodo exacto de cancelación y luego los pasos concretos para llevar a cabo el desistimiento.
La solicitud de registro de AFP se puede cancelar hasta a 10 días de haberla realizado / FOTO: Difusión
El reglamento operativo para el octavo retiro de la AFP establece lo siguiente:
Un afiliado que haya registrado la solicitud de retiro puede desistir de esa solicitud por única vez y comunicar a su AFP que ya no desea que se efectúen los desembolsos programados. Para que esa cancelación sea válida, debe hacerse hasta diez días calendario antes de la fecha en que esté programado cualquiera de los desembolsos.
Si un afiliado no comunica el desistimiento en ese periodo de 10 días antes del pago, la AFP procederá con el desembolso (y las cuotas siguientes) sin posibilidad de revertirlas. Este mecanismo aplica para el proceso extraordinario del octavo retiro conforme a la resolución de la SBS.