Durante la prórroga del Estado de Emergencia, se suspenden derechos como la libertad de tránsito y reunión. Los eventos masivos requerirán permisos.
Ante el grave incremento de la violencia y criminalidad, el Gobierno peruano amplió el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y el Callao por 30 días. Esta medida rige desde el 21 de diciembre de 2025, de acuerdo a lo establecido mediante el Decreto Supremo N.º 140-2025-PCM, publicado en El Peruano.
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La acción tomada por el Ejecutivo busca frenar la delincuencia y extorsión que azota cruelmente la capital peruana, donde a diario se cobran víctimas en manos de sicarios. Es importante recordar que ante el Estado de Emergencia, varios derechos de los ciudadanos sufren cambios, como la libertad de tránsito.
Durante la prórroga, la Policía Nacional del Perú (PNP) sigue asumiendo el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas. Se espera que personal de estas instituciones realicen operativos en zonas específicas, usando diversas herramientas de inteligencia y mapas del delito para focalizar sus acciones contra el crimen.
La PNP continúa con el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas Armadas.
Entre las restricciones y suspensión de ciertos derechos constitucionales, se encuentran la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y seguridad personal. Le recomendamos que transite por las calles portando su documento de identidad con el fin de facilitar su identificación en caso se le solicite.
Respecto a los eventos de carácter masivo que se pueden realizar en los distritos que abarcan Lima Metropolitana y el Callao, las autoridades mencionaron que se debe solicitar permisos previos de seguridad, dependiendo de la evaluación de riesgo para preservar el orden ciudadano.
Por otro lado, se precisa que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la culminación del Estado de Emergencia ampliado, el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) deberá comunicar al titular del Ministerio del Interior los resultados alcanzados durante su vigencia. Este informe final será remitido a la Presidencia de la República, Congreso de la República y Poder Judicial.