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¿Desde cuándo estarán PROHIBIDAS las fiestas y reuniones por las Elecciones Generales 2026? Esto dice el Gobierno

Ante las Elecciones Generales del domingo 12 de abril se ha generado dudas sobre eventuales restricciones en reuniones y celebraciones. Conoce qué dice la ley.

Conoce si las fiestas estarán prohibidas debido a las Elecciones Generales 2026 en Perú.
Conoce si las fiestas estarán prohibidas debido a las Elecciones Generales 2026 en Perú. | Composición: Líbero/Angie de la Cruz

El Perú se alista para una nueva jornada electoral este domingo 12 de abril, día en que se desarrollarán las Elecciones Generales 2026. En este contexto, muchos ciudadanos se preguntan si habrá restricciones a reuniones o celebraciones conforme a lo dispuesto por la normativa vigente. ¿Desde cuándo se aplican estas medidas y qué actividades estarán permitidas? Aquí te contamos todos los detalles.

Debido a las votaciones en Perú, se establece que diversas actividades están restringidas, como por ejemplo la venta y consumo de bebidas alcohólicas. De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N.º 26859), la ley seca se aplica desde las 8.00 horas del sábado previo hasta las 8.00 horas del lunes posterior al día de la votación.

Elecciones Generales 2026: ¿las fiestas estarán prohibidas?

Las fiestas no están prohibidas por ley durante las elecciones en Perú. No obstante, la normativa establece que las autoridades pueden intervenir estas reuniones si alteran el orden público o si se comercializan bebidas alcohólicas en el establecimiento.

elecciones

Las fiestas y reuniones no están prohibidas por las elecciones, pero pueden ser intervenidas.

Por otro lado, la Ley Orgánica de Elecciones establece la prohibición de difundir propaganda electoral en el período inmediatamente anterior a los comicios. Asimismo, limita la realización de reuniones o manifestaciones políticas en los días previos a la jornada electoral.

Además, la ley también restringe portar armas durante el día de la elección, salvo para las fuerzas del orden autorizadas, así como la realización de espectáculos públicos o actividades que puedan perturbar el normal desarrollo del proceso electoral. De igual forma, se restringe cualquier acción que obstaculice o interfiera con el acto de votación en los locales habilitados.

Angie De La Cruz

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Cuenta con 3 años de experiencia en contenido digital.

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