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¿Cuándo inicia la ley seca por segunda vuelta 2026 y cuál es la multa por incumplirla?

La ley seca por la segunda vuelta presidencial de 2026 regirá a nivel nacional, prohibiendo la venta y suministro de bebidas alcohólicas en establecimientos.

La ley seca entrará en vigencia a las 8:00 de la mañana del sábado 6 de junio de 2026 por la segunda vuelta.
La ley seca entrará en vigencia a las 8:00 de la mañana del sábado 6 de junio de 2026 por la segunda vuelta. | Imagen: ChatGPT

Este domingo 7 de junio se llevarán a cabo las Elecciones 2026, por lo que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dispuso una serie de restricciones en todo el territorio nacional. Una de ellas es la denominada ley seca para la segunda vuelta, que rige desde las 08:00 a. m. del sábado 6 de junio hasta las 08:00 a. m. del lunes 8 de junio.

Durante dicho periodo queda prohibida la venta y el suministro de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales, bares, restaurantes, licorerías y otros puntos de expendio. Esta medida se aplica en el Perú con la finalidad de garantizar el orden y el normal desarrollo de los comicios.

ley seca

La ley seca en Perú regirá durante la segunda vuelta presidencial de 2026.

Es importante tener en cuenta que la Ley Orgánica de Elecciones establece sanciones para quienes infrinjan la ley seca durante el proceso electoral. Tanto las personas como los establecimientos que comercialicen o distribuyan bebidas alcohólicas en el periodo de restricción pueden ser objeto de multas que superan los S/ 3.390, además de una posible inhabilitación temporal para ejercer determinadas actividades.

En los casos contemplados por la normativa electoral, también se prevé una pena privativa de libertad de hasta seis meses. Las autoridades precisaron que estas medidas están dirigidas principalmente a quienes expendan o faciliten la venta de alcohol mientras la prohibición se encuentre vigente.

¿Cuáles son las otras restricciones de la segunda vuelta 2026?

Una de las restricciones electorales dispone que, a partir de las 00:00 horas del lunes 1 de junio, queda impedida la difusión y publicación de encuestas sobre intención de voto a través de cualquier medio de comunicación. De igual manera, desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio no estarán permitidas las concentraciones, reuniones o manifestaciones con fines políticos.

Posteriormente, desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio entrará en vigencia la prohibición de toda forma de propaganda electoral, en cumplimiento de las normas establecidas para la segunda vuelta presidencial. Asimismo, durante la jornada electoral del domingo 7 de junio, desde las 7:00 a. m. hasta las 5:00 p. m., quedarán prohibidas las reuniones, concentraciones o manifestaciones de carácter político dentro de un perímetro de 100 metros alrededor de los locales de votación.

Angie De La Cruz

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Periodista de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Cuenta con 3 años de experiencia en contenido digital.

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