Este 8 de octubre miles de trabajadores tendrán un nuevo feriado que aplicará por tratarse del homenaje al Día del Combate de Angamos.
El miércoles 8 de octubre de 2025 es feriado nacional en Perú, una fecha que tiene un profundo significado histórico para el país. Este día se conmemora el Combate de Angamos, una batalla naval decisiva durante la Guerra del Pacífico en 1879, en la que el héroe nacional, el almirante Miguel Grau Seminario, perdió la vida defendiendo a la nación. Por esta razón, el 8 de octubre se estableció como un feriado obligatorio que honra la memoria de este hecho y de quienes sacrificaron su vida por el Perú.
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Además de su importancia histórica, este feriado implica derechos específicos para los trabajadores. Por ley, es un día no laborable para la mayoría de los sectores, y quienes deben trabajar ese día tienen derecho a recibir un pago especial por laborar en un feriado. Esta regulación busca compensar justamente el esfuerzo adicional que representa laborar cuando el resto de la población descansa.
Este 8 de octubre será feriado por Combate de Angamos / FOTO: Difusión
El 8 de octubre es feriado en Perú porque se recuerda el Combate de Angamos, ocurrido en 1879 durante la Guerra del Pacífico. En este enfrentamiento, la Marina Peruana sufrió la pérdida de su emblemático almirante Miguel Grau, considerado uno de los mayores héroes del territorio.
Este feriado es una oportunidad para que la población peruana reflexione sobre su historia y valores patrióticos, además de descansar y compartir en familia.
Si bien el 8 de octubre es feriado obligatorio y los trabajadores tienen derecho a descansar con remuneración íntegra, existen casos en los que deben laborar, ya sea porque su actividad es esencial o porque la empresa requiere sus servicios ese día. En estas situaciones, la ley peruana establece un régimen especial de pago para compensar el trabajo en feriado.
La normativa vigente indica que si trabajas el miércoles 8 de octubre de 2025, deberías recibir un pago equivalente a tres veces tu remuneración diaria. Esto se desglosa así:
Por lo tanto, el total que te correspondería cobrar por ese día es la suma de estos tres componentes, es decir, el triple de tu remuneración diaria. Si la empresa te otorga un descanso sustitutorio (otro día libre en compensación), no corresponde este pago triple, ya que el descanso reemplaza la compensación económica.