Muchos de los trabajadores en el Perú están a la expectativa de saber qué días libres tendrán durante el mes de octubre de 2025.
Octubre suele ser un mes de intensa actividad laboral para muchos peruanos: fin de trimestre, cierre de gestiones, proyectos escolares, entre otros. En medio de este trajín, un día feriado puede significar ese pequeño respiro tan esperado. En 2025, el mes no tiene múltiples festividades nacionales, pero sí una fecha emblemática que convoca al descanso oficial: el 8 de octubre, Día del Combate de Angamos.
PUEDES VER: ¿Se confirmó día no laborable el próximo martes 7 de octubre? Esto dice el calendario nacional para el mes
Ese día no es simplemente una pausa en la agenda laboral es un momento para honrar la memoria del héroe naval Miguel Grau y reconocer la gesta histórica que marcó una página importante en la Guerra del Pacífico. Pero, más allá del simbolismo, los feriados implican obligaciones legales para empleadores y derechos para los trabajadores.
Feriado nacional del 8 de octubre: Combate de Angamos
El único feriado nacional en octubre 2025 es el miércoles 8 de octubre, conmemorando el Combate de Angamos. Esta fecha es un feriado inamovible, lo que significa que no se traslada a otro día, según las disposiciones legales vigentes. En ese día, tanto el sector público como el privado están obligados a conceder descanso remunerado, salvo casos excepcionales.
En octubre 2025 no se ha establecido un día no laborable adicional a nivel nacional, aparte del feriado del 8 de octubre. El portal oficial del Estado indica ello en su lista de feriados y no laborables para 2025.
Así pues, no se contempla un día no laborable adicional de carácter obligatorio en octubre, por lo que queda sujeto a decisiones locales o sectoriales. Recordemos que los días no laborables suelen aplicarse principalmente al sector público y muchas veces deben recuperarse en fechas posteriores.
En el feriado del 8 de octubre, todos los trabajadores formales tienen derecho a descansar con pago normal, tanto del sector público como del privado, salvo excepciones legales para servicios esenciales.
En el sector público, los días no laborables declarados por el Estado se aplican de manera directa: los servidores públicos descansan sin necesidad de compensación, salvo que la autoridad indique lo contrario. En el sector privado no es obligatorio, ya que la aplicación de días no laborables depende de lo que la empresa decida o pacte con los trabajadores.
Cuando un trabajador tiene que laborar en un día feriado nacional, la ley establece que debe recibir un pago adicional que compense la jornada trabajada más una remuneración adicional. Aquí lo que corresponde:
Esto significa que el trabajador recibirá el triple de su remuneración diaria si es que le corresponde trabajar en día feriado y no se le otorga un descanso sustitutorio.
Si, en lugar de pagarte, te dieran un día de descanso compensatorio por ese feriado trabajado (súper descanso), no correspondería la sobretasa extra del 100 %.