En Perú, el concepto de "aguinaldo" es un beneficio anual que reciben los trabajadores del Estado en fechas clave. La primera en julio, por Fiestas Patrias, y la segunda en diciembre, por Navidad. Este pago adicional tiene como finalidad aliviar el gasto familiar en fechas de celebración y brindar un ingreso extra en un mes tradicionalmente de mayores gastos.
Para 2025, el gobierno volvió a confirmar que el aguinaldo navideño para servidores públicos será de S/ 300. Ante ello, a continuación te detallaremos cuáles son las fechas previstas para el pago, quiénes pueden acceder a este beneficio, y más información necesaria para el caso.
Aguinaldo para trabajadores del sector público llega desde el 16 de diciembre / FOTO: LinkedIn
Fechas de pago del aguinaldo 2025
El pago del aguinaldo por Navidad se realizará junto con la planilla de sueldos del mes de diciembre de 2025. Según el calendario oficial del Banco de la Nación (o las entidades pagadoras del Estado), los cronogramas varían por sector o institución.
- Martes 16 de diciembre: planillas de sueldos de las entidades de Educación (inc. Universidades), la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Defensa, el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Justicia, las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales, la Contraloría General de la República, el Congreso de la República, el Ministerio Agrario y Riego, y el Ministerio de Energía y Minas.
- Miércoles 17 de diciembre: personal del Ministerio del Interior, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Defensoría del Pueblo.
- Jueves 18 de diciembre: Ministerio de Salud, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Registro Nacional de identificación y Estado Civil.
- Viernes 19 de diciembre: Ministerio de la Producción, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional.
¿Quiénes reciben el aguinaldo?
El suplemento de S/ 300 por Navidad está dirigido a funcionarios, servidores y pensionistas del Estado que estén bajo determinados regímenes laborales. Según el Decreto Supremo N° 283-2025-EF, los beneficiarios incluyen:
- Trabajadores nombrados o contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276.
- Servidores sujetos a la Ley Nº 29944 (Reforma Magisterial).
- Servidores bajo la Ley Nº 30512 (Carrera Pública Docente).
- Docentes universitarios amparados por la Ley Nº 30220.
- Personal de salud bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del sector público.
- Personal de las Fuerzas Armadas del Perú y de la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas de derecho propio a cargo del Estado, bajo diversos regímenes (por ejemplo, leyes o decretos vigentes).
- Trabajadores contratados bajo el régimen especial Decreto Legislativo Nº 1057 (régimen CAS).
Por otro lado, los trabajadores del sector privado no reciben este aguinaldo de S/300. Ellos están sujetos a un sistema distinto: la "gratificación" por Navidad, regulada por la Ley Nº 27735. En el caso del sector privado, la gratificación tiene reglas distintas, y no es lo mismo que el "aguinaldo navideño" aprobado por el Estado.
Requisitos para acceder al aguinaldo de S/300
Para que un trabajador público cobre el aguinaldo en diciembre debe cumplir con:
- Estar laborando al 30 de noviembre del año correspondiente. Si al 30 de noviembre se encuentra de vacaciones, con licencia con goce, o percibiendo subsidios de salud según ley, igualmente tiene derecho.
- Tener al menos tres (03) meses de antigüedad en el cargo al 30 de noviembre. Si no alcanza esos tres meses, recibirá el monto de manera proporcional, según los meses y días trabajados.
- Para quienes laboran a jornada parcial o incompleta: el monto se aplica de forma proporcional.