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MUY ATENTOS, inmigrantes legales e indocumentados en EE. UU.: conoce cómo DISTINGUIR una orden judicial de una administrativa y qué hacer si ICE llega a tu hogar

Durante una redada migratoria en EE. UU., los agentes de ICE pueden mostrar diferentes documentos, pero no todos les permiten ingresar a una vivienda.

Durante un operativo migratorio en EE. UU., los agentes de ICE pueden presentar distintos documentos.
Durante un operativo migratorio en EE. UU., los agentes de ICE pueden presentar distintos documentos. | Composición: María Zapata | Líbero

Ante el aumento de los operativos migratorios en Estados Unidos, la desinformación representa un riesgo para las familias inmigrantes, ya que puede generar confusión sobre sus derechos y cómo actuar ante la presencia de las autoridades. En particular, la llegada de agentes del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) a una vivienda suele provocar temor e incertidumbre. Sin embargo, es importante tener en cuenta que no todos los documentos presentados por los agentes les otorgan la autoridad legal para ingresar a un domicilio. Por esta razón, conocer los derechos constitucionales que protegen a las personas dentro de sus hogares, independientemente de su estatus migratorio, es fundamental para prevenir posibles vulneraciones y actuar de manera informada ante estas situaciones.

En una entrevista con N+ Univision, el abogado especializado en derecho migratorio Haim Vásquez explicó cómo identificar los documentos que presentan los agentes y qué medidas deben tomarse ante la presencia de las autoridades federales.

Diferencias entre una orden judicial y una orden administrativa de ICE

La validez jurídica del documento y el alcance de las atribuciones de las autoridades están determinados por su origen. La diferencia principal está en quién lo emite o autoriza: una orden judicial requiere la intervención de un juez, quien examina los argumentos y las pruebas correspondientes, mientras que una orden administrativa es expedida y gestionada por la propia agencia gubernamental, en este caso, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS).

Para precisar este punto, el especialista Haim Vásquez explicó durante su intervención en N+ Univision: "Es muy sencillo: la orden judicial la firma un juez después de revisar las pruebas. La orden administrativa es un documento emitido por la propia agencia de Seguridad Nacional, como el I-200 o el I-205. Ningún juez la ha revisado. Es ICE autorizándose a sí mismo".

Para identificar rápidamente el tipo de documento que te presentan, revisa con atención tanto el encabezado como la parte inferior del escrito:

  • Documento judicial: Identifica claramente al tribunal federal que lo emite (por ejemplo, "United States District Court") y lleva la firma de un juez.
  • Notificación administrativa: Presenta los logotipos de la agencia migratoria o del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) e incluye sellos o firmas de funcionarios de la propia agencia. También puede identificarse por códigos de formularios habituales, como el I-200 o el I-205.

¿Puede ICE ingresar a una vivienda sin una orden firmada por un juez?

Por regla general, una orden administrativa no autoriza a las fuerzas federales a ingresar por la fuerza a una vivienda sin el consentimiento de sus ocupantes. Aunque existen debates jurídicos sobre el alcance de las órdenes finales de deportación, el derecho a la inviolabilidad del domicilio continúa protegido por la Constitución de Estados Unidos. Al respecto, el abogado enfatizó durante la cobertura de N+ Univision: "Para entrar a su hogar, la Constitución exige la firma de un juez".

En ese sentido, las familias inmigrantes en Estados Unidos, incluidos los inmigrantes indocumentados, conservan el derecho a negar el ingreso a sus viviendas cuando los funcionarios presentan únicamente documentos administrativos emitidos por su propia agencia. No obstante, esta protección constitucional contempla excepciones limitadas, como determinadas situaciones de emergencia o la persecución inmediata de un sospechoso, en las que los agentes podrían estar autorizados a ingresar sin una orden judicial.

¿Qué pasos seguir si los agentes migratorios se presentan en tu domicilio?

  • Si los agentes acuden a tu residencia, la recomendación principal es mantener la calma y comunicarte con ellos a través de la puerta cerrada. No abras la puerta de inmediato; primero, evalúa la situación de manera segura.
  • Establece contacto sin abrir la puerta: Pregunta, en español o inglés, quiénes son, a qué organismo pertenecen y a quién buscan concretamente.
  • Pide ver los documentos: Solicita que deslicen la orden por debajo de la puerta o que te la muestren a través de una ventana contigua.
  • Revisa el contenido minuciosamente: Verifica que el documento indique la dirección exacta de tu domicilio, el nombre correcto de la persona requerida, que la fecha esté vigente y, sobre todo, que cuente con la firma de un juez autorizado por un tribunal.
  • Cuidado con abrir parcialmente la puerta: El abogado Vásquez subrayó en su diálogo con N+ Univision: "Y ojo: abrir aunque sea un poquito puede tomarse como que tú les diste permiso".

Si los funcionarios ingresan al predio sin tu consentimiento, evita la confrontación física, no intentes escapar ni proporciones información de identificación falsa. Lo correcto es dejar constancia verbal y firme de tu desacuerdo, diciendo respetuosamente: "No doy permiso para que entren ni para que registren". Posteriormente, ejerce tu derecho a guardar silencio, documenta el número de placa de los agentes si es seguro hacerlo y contacta de inmediato a un representante legal.

María Zapata

Redactora en la web del Diario Líbero, sección Ocio y México. Egresada de Comunicación y Periodismo (UPC) con 2 años de experiencia en contenido digital. Interesada en anime, tecnología y crónicas.

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