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CTS 2025: ¿cuándo será el segundo depósito y hasta qué fecha podré retirar, según ley?
En menos de un mes, los trabajadores del sector privado podrán acceder al segundo pago de la CTS 2025, pero solo lo podrán retirar hasta una determinada fecha.

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que reciben los trabajadores del régimen laboral privado y el segundo depósito para este año, deberá realizarse a más tardar el 15 de noviembre de 2025, correspondiente al periodo trabajado de mayo a octubre.
Por otro lado, la Ley 32322 precisa que, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, los trabajadores podrán disponer libremente del 100 % de los depósitos acumulados de la CTS en entidades financieras, sin necesidad de causal especial. Posteriormente a dicha fecha, el retiro ya no será posible.

El segundo depósito de la CTS para el año 2025 debe realizarse a más tardar el 15 de noviembre.
Además, esta ley peruana, aprobada el pasado 9 de mayo de 2025, modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650, para que en caso de diagnóstico de enfermedad terminal o cáncer, el trabajador pueda retirar el 100 % de su depósito CTS e intereses acumulados en cualquier momento, debidamente acreditado ante el empleador.
¿Quiénes cobran la CTS en 2025?
La Compensación por Tiempo de Servicios está dirigida a los trabajadores del régimen laboral privado y su objetivo principal es ser un fondo de respaldo económico en caso de cese laboral. Conoce quiénes reciben este beneficio:
- Trabajadores del régimen laboral privado (Decreto Legislativo N.º 728) que laboren al menos 4 horas diarias en promedio.
- Trabajadores del sector público bajo regímenes que expresamente reconozcan el derecho a CTS (por ejemplo, los del régimen del Decreto Legislativo N.º 276 o 1057 si está estipulado).
- Empleados de pequeñas empresas, siempre que su empleador no esté inscrito en el Registro de Micro y Pequeñas Empresas (REMYPE) o que se haya acordado otorgar este beneficio.
- Trabajadores del hogar, desde la aprobación de la Ley N.º 31047 (Ley de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar), también tienen derecho al depósito de CTS.
¿Cómo calcular la CTS?
La CTS se calcula con base en la remuneración del trabajador y los meses laborados dentro del periodo correspondiente. Para el segundo depósito en este 2025, que se realiza en noviembre, se debe tener en cuenta los meses de mayo a octubre. Asimismo, respecto al sueldo básico, se debe considerar otros conceptos adicionales, como asignación familiar, comisiones fijas, bonificaciones permanentes, entre otros.
- La fórmula del pago CTS es= (Remuneración computable/12)× Meses trabajados en el semestre + (Remuneración computable/360) × Días trabajados adicionales
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