Los afiliados a las AFP ya están al tanto de la autorización para retiro en 2025, pero es necesario también conocer que hay una razón por la que podrían retener el dinero.
En 2025, el retiro de fondos de las AFP en el Perú volvió a ser una realidad. El Congreso aprobó, y la presidenta Dina Boluarte promulgó, la ley que permite a todos los afiliados del Sistema Privado de Pensiones retirar hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de sus cuentas individuales, equivalente a S/ 21,400 al valor vigente.
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El retiro de AFP ya fue aprobado en el Perú/ FOTO: Congreso de la República
La medida ha sido recibida con entusiasmo por millones de aportantes, quienes ven en este retiro una oportunidad para aliviar sus finanzas personales o invertir en nuevas metas. Desde ya, miles de personas esperan ansiosas el inicio de las solicitudes y desembolsos, previsto para noviembre de 2025, según los plazos estimados.
Sin embargo, así como esta norma representa una ventana de oportunidad para muchos, también abre una puerta para cumplir con obligaciones legales pendientes. Y es que, aunque la ley establece que los fondos retirados son intangibles, hay una única excepción que debes conocer antes de hacer tu solicitud.
La ley promulgada en septiembre de 2025 autoriza el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT para todos los afiliados, sin restricciones según edad, estado laboral o tipo de cuenta. Este retiro podrá solicitarse por medios digitales o presenciales, una vez que se publique el cronograma oficial por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Los desembolsos serán escalonados:
Aunque la norma establece claramente que los fondos son intangibles, hay una excepción legal vigente desde mayo de 2024: las deudas por pensión alimenticia. Si tienes una sentencia judicial o medida legal en tu contra relacionada con pensiones alimentarias impagas, el Poder Judicial puede ordenar que se retenga hasta el 30 % del monto que retires de tu AFP.
Esta medida fue publicada oficialmente en 2024 para reforzar el cumplimiento de obligaciones familiares. En caso de que exista una resolución judicial que indique una deuda alimentaria, las AFP están obligadas a cumplir con la retención, incluso si el afiliado no ha sido notificado directamente.
Si tienes una deuda por pensión de alimentos y sabes que hay una orden judicial en tu contra:
A la fecha, estos son los puntos clave del proceso de retiro: