Muchos afiliados a la ONP no saben cuál es el proceso que se sigue con su dinero acumulado cuando fallecen sin hijos ni cónyuge.
Uno de los escenarios más controvertidos del Sistema Nacional de Pensiones (ONP) en Perú ocurre cuando un afiliado fallece sin dejar beneficiarios directos, como hijos, cónyuge o padres. Muchos trabajadores que aportan al sistema estatal se preguntan qué sucede con el dinero acumulado si no logran jubilarse o si mueren sin una red familiar que acceda a una pensión de sobrevivencia.
A diferencia del sistema privado de pensiones (AFP), la ONP no reconoce propiedad individual sobre los aportes, sino que estos ingresan a un fondo común solidario. Esto implica que, cuando un asegurado fallece y no tiene derechohabientes legales, los aportes no se heredan ni se devuelven a familiares lejanos ni a terceros.
Para ello, a continuación te contaremos qué dice la ley sobre los aportes de afiliados fallecidos sin cónyuge ni hijos, si es posible reclamar una devolución, y qué pasa con la pensión en estos casos.
Afiliados a la ONP se preguntan por el destino de sus fondos al fallecer / FOTO: Difusión
Según el Decreto Ley N.º 19990, que regula el régimen de pensiones de la ONP, el sistema se basa en la solidaridad intergeneracional. Esto quiere decir que los aportes realizados por los trabajadores activos financian las pensiones de los actuales jubilados, y no se acumulan en una cuenta individual.
Por ello, si un afiliado fallece sin haber accedido a la jubilación, y no tiene derechohabientes (cónyuge, conviviente acreditado, hijos menores o padres dependientes), los aportes no son reembolsables.
Esto significa que el dinero aportado permanece en el fondo común de la ONP y contribuye al financiamiento del sistema para otros pensionistas.
En caso el afiliado ya estuviera recibiendo una pensión de jubilación y fallece sin hijos ni cónyuge, la pensión se extingue automáticamente. No se transfiere a otros familiares que no estén dentro del marco legal de beneficiarios.
La ley contempla una pensión de sobrevivencia solo para los siguientes casos:
No. La ONP no contempla la devolución de aportes en caso de fallecimiento sin derechohabientes. Esto ha sido uno de los puntos más criticados del sistema estatal de pensiones, ya que muchos afiliados no llegan a jubilarse o mueren sin familiares beneficiarios, y los aportes realizados durante décadas no retornan a su familia.
A diferencia del sistema privado (AFP), donde los fondos sí son parte de la herencia, en la ONP no hay propiedad individual sobre los aportes, por lo que no forman parte del patrimonio del fallecido.
Los aportes a la ONP no pueden considerarse parte de una herencia. Por lo tanto:
Si bien no existe una solución directa para quienes ya han aportado a la ONP, hay dos alternativas posibles a futuro: