El próximo 15 de diciembre vence el plazo para que los trabajadores puedan recibir el depósito de su gratificación, ya sea completa o trunca, según corresponda.
Cada diciembre, miles de trabajadores del sector privado esperan la gratificación de Navidad, uno de los beneficios laborales más importantes del año. Este pago adicional equivale, en condiciones normales, a una remuneración íntegra, siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo (julio-diciembre) bajo el régimen laboral de la actividad privada.
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Sin embargo, no todos los trabajadores reciben la gratificación completa, ya que en algunos casos la ley establece que corresponde una gratificación trunca, es decir, un pago proporcional calculado por los meses efectivamente trabajados durante el periodo semestral.
Para diciembre 2025, es clave que los trabajadores conozcan si cumplen los requisitos para recibir la gratificación completa o si, por el contrario, su situación laboral los ubica dentro de los casos en los que el beneficio se liquida proporcionalmente. Esto aplica tanto para quienes han cambiado de empleo, como para quienes han cesado, renunciado, o se han incorporado recientemente a una empresa.
Gratificación deberá pagarse antes del 15 de diciembre / FOTO: Difusión
La gratificación trunca es el pago proporcional que recibe un trabajador por los meses laborados dentro del semestre julio-diciembre cuando no ha completado los seis meses requeridos para la gratificación completa.
La gratificación trunca se paga normalmente en el momento del cese, renuncia o fin de contrato, o cuando el trabajador se incorpora en medio del semestre.
Casos concretos en los que la gratificación es trunca
Recibirás la gratificación completa si cumples estas condiciones:
Recibirás gratificación trunca si:
La fórmula general para conocer el monto que se pagará en la gratificación trunca es igual a la remuneración mensual dividida en 6 y luego multiplicado por el número de meses completos trabajados
Es importante recordar que, la gratificación trunca en diciembre 2025 aplica únicamente para los trabajadores que no completaron el semestre julio-diciembre por ingreso reciente, cese o fin de contrato. Conocer estas reglas permite prever correctamente el monto a recibir y evitar confusiones.