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ONP: ¿Hijos mayores de edad aún pueden recibir pensión de orfandad? Estos son los requisitos

Los hijos de afiliados a la ONP que hayan fallecido, podrán acceder a la pensión de orfandad aunque ya hayan cumplido la mayoría de edad. ¿Cómo obtenerla?

ONP: estos son los requisitos que debes tener en cuenta para pedir la pensión por orfandad
ONP: estos son los requisitos que debes tener en cuenta para pedir la pensión por orfandad | FOTO: Daniela Alvarado/ Líbero

La pensión de orfandad es uno de los beneficios menos conocidos del Sistema Nacional de Pensiones administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), pues representa un importante apoyo económico para los hijos de afiliados fallecidos. Aunque muchas personas creen que este derecho solo corresponde a menores de edad, la ley peruana establece que los hijos mayores de edad también pueden seguir cobrando, siempre que cumplan ciertas condiciones.

Este beneficio busca garantizar la continuidad educativa de los jóvenes que han perdido a uno o ambos padres y que dependían económicamente de ellos. No obstante, es fundamental conocer las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder o mantener este derecho, pues cualquier interrupción en los estudios o incumplimiento de los plazos puede significar la suspensión del pago.

ONP

Hijos de afiliados a ONP podrán accede a pensión de orfandad siendo mayores de edad/ FOTO: Difusión

A continuación, te explicamos quiénes tienen derecho a la pensión de orfandad, qué documentos se necesitan, cómo solicitarla y cuál es el monto que otorga la ONP bajo esta modalidad.

¿Quiénes tienen derecho a la pensión de orfandad?

La ONP otorga la pensión de orfandad a los hijos de un afiliado o pensionista fallecido que haya pertenecido al Sistema Nacional de Pensiones (D.L. N.° 19990).

Pueden acceder al beneficio:

  • Hijos menores de 18 años.
  • Hijos mayores de 18 años que continúan estudiando en el nivel básico (secundaria) o superior (técnico o universitario) de forma ininterrumpida, hasta cumplir los 28 años.

Es importante señalar que la condición de estudiante debe demostrarse periódicamente para mantener el derecho a la pensión. Si el beneficiario interrumpe sus estudios o no presenta los documentos que acrediten su continuidad, la ONP cancelará el pago automáticamente.

Requisitos para acceder a la pensión de orfandad

Los principales requisitos para solicitar este beneficio son:

  • Acreditar el vínculo familiar con el causante (padre o madre fallecido) mediante partida de nacimiento.
  • Acreditar el fallecimiento del afiliado o pensionista con la partida de defunción.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante.
  • Certificado o constancia de estudios vigente, emitido por una institución educativa reconocida por el Ministerio de Educación o por la SUNEDU, según corresponda.
  • En caso de estudios universitarios o técnicos, declaración jurada de continuidad académica.

¿Cómo solicitar la pensión de orfandad ante la ONP?

El trámite puede realizarse de manera virtual o presencial:

  • Vía virtual
  • Ingresar a la plataforma onpvirtual.pe
  • Seleccionar la opción "Solicitar pensión" y luego la modalidad "Pensión de sobrevivientes".
  • Completar los datos personales y adjuntar los documentos requeridos en formato digital.
  • Esperar la evaluación de la solicitud. La ONP notificará el resultado al correo registrado.
  • Vía presencial
  • Acudir a un Centro de Atención de la ONP con los documentos en físico.
  • Solicitar el formulario de "Pensión de orfandad" y llenarlo correctamente.
  • Presentar la constancia de estudios vigente.
  • El plazo promedio de respuesta es de 30 días hábiles, aunque puede variar según la carga de solicitudes y la validación de documentos.

Monto del beneficio

El monto de la pensión de orfandad depende del tipo de pensión que percibía el causante. Generalmente, representa un porcentaje de la pensión total del afiliado fallecido, distribuido entre los beneficiarios sobrevivientes.

En el caso de hijos con derecho a orfandad:

  • Si hay un solo beneficiario, este puede recibir hasta el 50 % de la pensión que percibía el titular.
  • Si hay varios hijos, el monto se divide proporcionalmente entre todos.
  • El pago se realiza mensualmente y puede depositarse en una cuenta bancaria registrada a nombre del beneficiario o entregarse a través de entidades autorizadas.
Daniela Alvarado

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Egresada en Periodismo y Medios Digitales (Toulouse Lautrec). 2 años de experiencia en redacción de contenido digital y locución.

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