0

Claro recibe fuerte multa de Indecopi: enviaron 22 mensajes publicitarios y ahora pagarán miles de soles tras fallo judicial

La empresa que rivaliza con Movistar, Entel y Bitel tendrá que pagar 10.44 UIT por una acción que fue denunciada y refrendada en segunda instancia por Indecopi.

La empresa de servicios de telefonía, cable e Internet está en el ojo de la tormenta.
La empresa de servicios de telefonía, cable e Internet está en el ojo de la tormenta. | Composición Joel Davila/Líbero

Junto con Movistar y Entel, Claro es una de las empresas de comunicaciones más importantes en el Perú contando con millones de usuarios en todo el país; sin embargo, recientemente la empresa de origen mexicano ha sido multada por Indecopi por incurrir en una serie de mensajes publicitarios.

Por qué Indecopi multó con miles de soles a Claro Perú

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), durante la segunda y última instancia administrativa, impuso a América Móvil Perú S. A. C., razón de Claro, en su sede de Junín una multa de 10,44 UIT.

¿Cuál fue el motivo para este fallo? Enviar 22 mensajes promocionales sin que un usuario diera su consentimiento para ello, razón por la cual el monto a pagar será de S/57.420.

Claro

En un primer momento, Claro negó enviar mensajes publicitarios sin permiso.

Este evento sucedió entre noviembre de 2023 y enero de 2024, hecho que Claro negó desde el comienzo de la acción administrativa, finalmente la Sala en mención aplicó el principio de “primacía de la realidad”, lo que significa que, de acuerdo al portal lpderecho,pe prioriza “los hechos verificados sobre lo alegado por la empresa”.

Además de la multa económica impuesta de las 10,44 UIT, el Indecopi ordenó una medida correctiva para la empresa de servicios de comunicación, pues ordenó que cese de forma inmediata y definitiva este tipo de mensajes sin que cuentan con los permisos debidos de sus clientes.

Por ello, la Sala determinó una infracción al artículo 58.1 inciso e del Código de Protección y Defensa del Consumidor, ¿Qué especifica? Se sustenta en la prohibición de comunicaciones comerciales que no tengan autorización previa del o los usuarios.

Joel Dávila

Bachiller de la Universidad Jaime Bausate y Meza con más de 15 años de experiencia en redacción digital y SEO. Trabajo como periodista para El Comercio, Peru.com y La República. Se especializa en temas de economía, política, ciencia y tecnología con enfoque en geopolítica global.

Notas Recomendadas

Ofertas

Lo Más Reciente

Últimas noticias

Tiempo Extra

Estados Unidos

Fútbol Peruano