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Retiro de AFP de 4 UIT se APROBARÍA pese a rechazos y PROHIBICIÓN de reforma de pensiones: esto se sabe
La reforma de pensiones contemplaba un artículo que prohibía el retiro de fondos de las AFP. Sin embargo, ello no impediría que el nuevo proyecto sea aprobado.

La Comisión de Economía del Congreso recibió el primer proyecto relacionado con el retiro de fondos de las AFP, que propone un noveno acceso a las cuentas de pensiones, permitiendo un retiro de hasta 4 UIT, equivalentes a S/22.000. La iniciativa todavía está en una fase preliminar, pues no ha sido sustentada ni se solicitó opiniones a las instituciones correspondientes; sin embargo, podría ser aprobada, exceptuando no solo la prohibición para acceder a una pensión mínima, sino también y ser una excepción a lo establecido por la reforma de pensiones. AQUÍ más detalles.

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¿Retiro de AFP de 4 UIT se aprobaría pese a prohibición de reforma de pensiones?
La respuesta es sí. El nuevo proyecto que propone un noveno retiro de fondos de las AFP, de hasta 4 UIT (S/22.000), podría recibir luz verde legalmente, a pesar de la reciente Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que prohíbe de manera explícita nuevos retiros de los fondos obligatorios. La situación actual de esta iniciativa, presentada en octubre de 2026, se explica a continuación:
- El Proyecto de Ley N.º 00469-2026-2031-CD, impulsado por la congresista Catherine Palomino, establece que no busca derogar la reforma de pensiones, sino que se presenta como una medida excepcional, facultativa y temporal. Desde un punto de vista jurídico, una ley posterior aprobada por el Congreso puede crear excepciones específicas a normas generales anteriores.
- Esta propuesta justifica su necesidad al señalar que busca proporcionar liquidez a las familias peruanas, con el fin de mitigar el impacto económico que podrían generar eventualidades climáticas, como el Fenómeno El Niño.
Proyecto presentado plantea nueva excepción para el retiro
En el ámbito previsional, uno de los elementos clave de esta iniciativa es definir la contabilización del retiro de fondos en relación con las normativas actuales. El proyecto aclara que los desembolsos permitidos bajo esta propuesta no se incluirán como parte de los retiros de fondos estipulados en ciertos artículos de la Ley 32123, conocida como Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
Actualmente, el artículo 15 de esta ley establece que, en términos generales, los afiliados no tienen la posibilidad de retirar total o parcialmente los fondos acumulados a través de aportes obligatorios, salvo las excepciones que la normativa prevé. En respuesta a esta situación, la propuesta sugiere la inclusión de una nueva excepción temporal mediante una ley específica.
Como referencia, el proyecto considera la Ley 32445, que en 2025 permitió un retiro extraordinario de hasta 4 UIT. De esta manera, la iniciativa busca establecer un acceso excepcional a los fondos previsionales, diferenciándose de las limitaciones generales que impone la ley actual.
¿Cuándo se aprobaría?
Es importante resaltar que el proyecto de ley aún no ha sido aprobado y se encuentra en la fase inicial del trámite parlamentario. Este proceso requiere que el texto sea debatido y obtenga un dictamen favorable en la Comisión de Economía antes de ser enviado al Pleno del Congreso para su votación.
En el contexto político actual, diversas bancadas han presentado múltiples iniciativas similares a lo largo del año. No obstante, analistas advierten que el avance del proyecto podría ser lento, ya que un alto porcentaje de afiliados ha agotado sus fondos tras los ocho retiros anteriores.
Cámara de Comercio de Lima rechaza noveno retiro
A pesar del optimismo mostrado por algunos miembros del Parlamento, la propuesta de un noveno retiro de fondos enfrenta una considerable resistencia por parte de organizaciones empresariales y analistas económicos.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) expresó su desacuerdo, señalando que esta medida podría socavar aún más el sistema previsional, comprometer la seguridad de las jubilaciones futuras de los aportantes y provocar un impacto fiscal significativo en el largo plazo.
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