El Banco de la Nación dio nuevos detalles sobre el Reintegro 4, que se realizará en base al último dígito del DNI.
El Reintegro 4 del Fondo Nacional de Vivienda comenzó su distribución a nivel nacional el jueves 28 de agosto. Para comprobar si eres parte del padrón de beneficiarios, puedes acceder a la página web de la Secretaría Técnica del Fonavi o entrar AQUÍ. También es aconsejable revisar el cronograma de pagos del Banco de la Nación, lo que te permitirá estar informado sobre las fechas correspondientes.
PUEDES VER: Reintegro 4: ¿Cómo y cuándo acreditarse para cobrar si eres un heredero de fonavista fallecido?
Más de 73.739 fonavistas podrán cobrar el pago del Cuarto Grupo de Reintegros del Fonavi. Para ello, solo tendrán que acercarse a cualquier agencia de la entidad financiera, de acuerdo al último dígito de Documento Nacional de Identidad (DNI). Asimismo, se dio a conocer que el monto mínimo que se entregará será de S/ 40.
La Secretaría Técnica del Fonavi habilitó el enlace de consulta para verificar que si estás dentro del padrón nacional de fonavistas beneficiarios del Reintegro 4. Para realizar el procedimiento ingresa a www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/. Coloca tu número de DNI y conoce si podrás cobrar.
La Secretaría Técnica del Fonavi habilitó el enlace para realizar la consulta.
El Banco de la Nación ya publicó el cronograma oficial para el pago del Cuarto Grupo de Reintegros Fonavi, que comenzó desde este jueves 28 de agosto, según tu último dígito DNI. Conoce más detalles:
El Banco de la Nación realizará el pago de la devolución de aportes del Fonavi.
Por otro lado, se precisa que la presentación y registro de los herederos de fonavistas fallecidos será a partir del lunes 8 de septiembre. Recuerda que antes de cobrar los aportes del Fonavi, se debe verificar si el fonavista está en la lista oficial de la Secretaría Técnica del Fonavi (www.fonavi-st.gob.pe).
Los beneficiarios del Reintegro 4 son aquellos fonavistas que ya habían recibido pagos parciales dentro de los primeros 19 grupos de reintegro, titulares vivos de 68 años o más, al 31 de julio de 2025, fonavistas fallecidos, que de haber vivido, tendrían 89 años o más (hacia la misma fecha), cuyos herederos pueden cobrar.
Además, personas con discapacidad registradas en el CONADIS, pensionistas de invalidez inscritos en la ONP y fonavistas con enfermedad grave o terminal, siempre que esté debidamente acreditada.