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Retiro de AFP 2025: este es el primer grupo que presentará su solicitud desde el 21 de octubre

Este 21 de octubre es el primer día en el que los afiliados a la entidad podrán hacer sus respectivas solicitudes para acceder a los fondos.

Retiro de AFP: consulta el cronograma activo
Retiro de AFP: consulta el cronograma activo | FOTO: Daniela Alvarado / Líbero

El sistema privado de pensiones peruano, administrado por las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), ha sido objeto de múltiples reformas y debates en las últimas décadas. Uno de los mecanismos más controversiales ha sido la figura de los retiros extraordinarios de fondos, que permite a los afiliados disponer de parte de sus ahorros previsionales antes de la jubilación. Estos retiros, aunque brindan flexibilidad y liquidez en momentos de necesidad, también generan preocupación sobre el futuro del ahorro para pensiones y la sostenibilidad del sistema.

En 2025, gracias a la aprobación de la Ley N.° 32445, se habilita un nuevo retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT (que equivalen a S/ 21,400 aproximadamente) de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones. Este retiro se hará bajo condiciones específicas y con un cronograma escalonado. Para evitar saturación en los sistemas y facilitar la atención, las solicitudes se organizarán según el último dígito del DNI y habrá un periodo de "ventana libre" para quienes no logren hacer su solicitud en las fechas asignadas.

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Cronograma oficial de AFP en 2025 inicia el 21 de octubre / FOTO: AFP Integra

En este marco, uno de los temas más relevantes es que el 21 de octubre de 2025 se abre el plazo para que ciertos afiliados realicen su solicitud de retiro. A partir de esa fecha, se habilitará un mecanismo por etapas para que todos los afiliados puedan hacer su trámite dentro del plazo legal.

Cronograma de solicitudes y pagos del retiro AFP 2025

Inicio de solicitudes: 21 de octubre

  • Las solicitudes para el retiro extraordinario de fondos de AFP podrán iniciarse desde el martes 21 de octubre de 2025.
  • El plazo para presentar estas solicitudes será de 90 días calendario desde esa fecha.
  • Los afiliados podrán presentar la solicitud de forma virtual o física, dependiendo de la AFP, conforme al procedimiento oficial aprobado
  • Cabe aclarar que los afiliados podrán desistir (anular) su solicitud si lo comunican con al menos 10 días calendario de antelación al pago programado de alguna cuota.

Cronograma de solicitudes por último dígito del DNI

El cronograma oficial vincula las fechas de solicitud con el último dígito del Documento Nacional de Identidad (DNI) del afiliado. Así quedó estructurado:

  • Letra: 21 de octubre y 19 de noviembre
  • 0: 22‑23 de octubre y 20 de noviembre
  • 1: 24‑27 de octubre y 21 de noviembre
  • 2: 28‑29 de octubre y 24 de noviembre
  • 3: 30‑31 de octubre y 25 de noviembre
  • 4: 3‑4 de noviembre y 26 de noviembre
  • 5: 5‑6 de noviembre y 27 de noviembre
  • 6: 7‑10 de noviembre y 28 de noviembre
  • 7: 11‑12 de noviembre y 1 de diciembre
  • 8: 13‑14 de noviembre y 2 de diciembre
  • 9: 17‑18 de noviembre y 3 de diciembre

Luego del calendario escalonado, habrá un periodo libre de solicitudes para quienes no alcanzaron a tramitar en su fecha asignada: este periodo libre será del 4 de diciembre de 2025 al 18 de enero de 2026. En ese periodo libre, cualquier afiliado podrá registrar su solicitud independientemente del dígito de su DNI.

Cronograma de pagos

Una vez ingresada la solicitud, los desembolsos del retiro se efectuarán en hasta 4 cuotas mensuales, cada una de hasta 1 UIT, con intervalos de 30 días entre cada pago. El detalle estimado del cronograma de pagos es el siguiente:

  • Primer desembolso: dentro de los 30 días calendario posteriores a la fecha en que el afiliado presentó su solicitud.
  • Segundo desembolso: 30 días calendario después del primer pago.
  • Tercer desembolso: 30 días después del segundo pago.
  • Cuarto desembolso: 30 días después del tercer pago, por el monto restante hasta completar lo solicitado (o hasta 1 UIT, según corresponda).

Cabe destacar que el valor de la UIT que se use para calcular cada cuota será el que esté vigente al día de la solicitud de retiro. Por tanto, si alguien solicita en enero 2026 y la UIT ha subido, ese incremento afectará el monto que le toca recibir.

Extensión del cronograma hasta 2026

El cronograma total de solicitudes y desembolsos se extenderá hasta el 18 de enero de 2026, que marca el fin del periodo libre de solicitudes. Para afiliados que ingresen su solicitud en fechas posteriores, los pagos finales podrían ejecutarse hasta febrero de 2026, según la secuencia de cuotas.

Además, existe expectativa de que quienes no retiren dentro del plazo podrían hacerlo en enero de 2026, beneficiándose del valor UIT vigente ese año, lo que podría aumentar ligeramente el monto máximo permitido.

Daniela Alvarado

Redactora en Líbero, sección Ocio y México. Egresada en Periodismo y Medios Digitales (Toulouse Lautrec). 2 años de experiencia en redacción de contenido digital y locución.

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