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Retiro ONP 2025: ¿cuándo podrías tener en tus manos los S/21,400 si el Congreso aprueba el desembolso?
El retiro de ONP se encuentra en proceso de evaluación y miles de afiliados están a la espera de que pueda ser aprobado formalmente.

El debate sobre el retiro de fondos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) en Perú ha ganado fuerza durante 2025. Ante la creciente informalidad laboral, el debilitamiento del sistema de pensiones y la urgencia económica que enfrentan millones de peruanos, diversos congresistas han propuesto iniciativas para permitir que los aportantes inactivos o exaportantes accedan a los recursos acumulados.
Estas propuestas buscan poner al sistema estatal de pensiones, el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), en una situación más equitativa frente al sistema privado (AFP), donde ya se aprobaron varios retiros extraordinarios en años recientes.
Las propuestas varían en monto, condiciones y mecanismos de pago, lo que refleja la incertidumbre sobre su aprobación. A continuación te contamos sobre los proyectos clave, los beneficiarios potenciales, el esquema de desembolsos y los plazos que se contemplarían para recibir el dinero, si es que la normativa llega a concretarse.
El retiro de ONP está aún en camino a ser aprobado o rechazado por el Congreso/ FOTO: DifusiónProyectos más relevantes para retiro ONP en 2025
Proyecto Ley N.º 11292 (Elías Marcial Varas) – Hasta 2 UIT (~S/10.700)
Este proyecto plantea autorizar, de forma extraordinaria y facultativa, el retiro de hasta 2 UIT (S/10.700), según los aportes registrados por el afiliado. Los desembolsos se realizarían en dos partes:
- Primer pago de hasta 1 UIT dentro de los 30 días calendario tras aprobarse la solicitud.
- Segundo pago de hasta 1 UIT, dentro de los 30 días calendario posteriores al primer desembolso.
- Si el monto total a retirar es menor a 1 UIT, se entregaría en un solo desembolso.
Proyecto Ley N.º 10506/2024‑CR (Margot Palacios) – Hasta 5 UIT (~S/26.750)
Esta iniciativa autoriza un retiro voluntario de hasta 5 UIT (~S/26.750), en cuotas mensuales de hasta 1 UIT cada 30 días hábiles, iniciando el primer pago dentro de 20 días hábiles posteriores a la solicitud. Incluye opción de desistimiento y cláusula de intangibilidad.
Otras variantes: retiros de 4, 5 UIT y/o bonos
Hay otros proyectos que proponen retiros de 4 UIT (~S/21.400) o 5 UIT (~S/26.750), y también un dictamen alternativo que plantea un bono único de ¼ UIT (S/1.337,50), dirigido a aportantes inactivos con enfermedades graves o terminales, con pagos en dos partes (50% a los 30 días y el resto 30 días después) dentro de un plazo máximo de 90 días hábiles tras la vigencia de la ley.
¿Quiénes podrían beneficiarse?
Los beneficiarios, según las iniciativas más destacadas (como la del proyecto N.º 11292), serían aquellos afiliados que:
- No estén percibiendo una pensión del SNP ni tengan un trámite vigente en curso (aunque quienes hayan sido denegados por falta de aportes podrían ser elegibles).
- No se hayan trasladado al sistema privado (SPP) ni hayan recibido un Bono de Reconocimiento.
- Cuyos aportes acumulados estén registrados en la ONP, y el monto retirado no supere ese total.
Otros proyectos incluyen condiciones específicas, como el caso del bono dirigido a adultos mayores enfermos e inactivos, según el dictamen alternativo.
¿Cuándo se podría disponer del dinero si se aprueba?
Para el proyecto N.º 11292 (hasta 2 UIT)
- El primer pago de hasta 1 UIT se realizaría dentro de 30 días calendario tras aprobarse la solicitud.
- El segundo pago, de hasta 1 UIT adicional, se entregaría dentro de 30 días calendario posteriores al primer desembolso.
- El proceso de reglamentación (por parte del MEF y ONP) tendría un plazo de 20 días hábiles desde la publicación de la ley, y los pagos comenzarían tras operar ese reglamento.
Para el proyecto N.º 10506 (hasta 5 UIT)
- Primer desembolso dentro de 20 días hábiles tras la solicitud.
- Luego, hasta una UIT adicional cada 30 días hábiles, hasta completar el monto solicitado, con opción de desistimiento.
- Si se aprueba el dictamen alternativo, los beneficiarios tendrían 90 días hábiles para solicitarlo.
- El pago se haría en dos partes: 50% a los 30 días tras la solicitud, y la segunda parte 30 días después del primer desembolso.
¿Cómo va y cuándo se aprobaría el retiro ONP?
Ninguno de los proyectos ha sido aprobado por el Pleno del Congreso hasta la fecha. Permanecen en discusión en comisiones (Economía, Trabajo, Seguridad Social) y no cuentan con agenda definida de debate.
Si bien se espera debatir los proyectos próximamente, no hay fechas confirmadas y dependerá del consenso político y del avance de su tramitación. En caso de aprobarse, la implementación dependerá del calendario de reglamentación y emisión de cronograma por parte de la ONP.
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